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Asesoría Jurídica
chos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales, de pla- El carácter mínimo no cierra a las Comunidades Autónomas toda
nificación general de la actividad económica, de régimen estatu- posibilidad de desarrollo y aplicación de la normativa.
tario de los funcionarios públicos, y de desarrollo del artículo 27 La limitación temporal establecida en el art. 4 para el nombra-
de la Constitución a fin de garantizar el cumplimiento de las
miento de profesores interinos para la sustitución tran-
obligaciones de los poderes públicos en esta materia.”
sitoria de profesores, que sólo fuese aplicable en caso
El Tribunal ha ratificado la competencia estatal de ausencias superiores a diez días lectivos, es con-
para la regulación de las citadas medidas en base siderada por el Tribunal Constitucional una
a los a los siguientes razonamientos jurídicos: Se debe garantizar norma que se incardina en el artículo 149.1.30
de la Constitución Española, dado que persi-
un mínimo común
El objetivo del Gobierno de establecer un nú- gue garantizar una mínima homogeneidad en
mero mínimo de horas de dedicación lectiva denominador el proceso de sustitución del profesorado para ha-
del personal docente persigue garantizar el de- cer efectivo el nivel prestacional de la enseñanza
recho a la educación en su dimensión presta- normativo financiada con fondos públicos. El Tribunal
cional, y fija un criterio de coordinación que el Constitucional entiende que no se vacía de con-
Estado puede establecer en ejercicio de sus compe- tenido las atribuciones de las Comunidades
tencias básicas en materia de educación. Una de las Autónomas puesto que, respetando ese límite, puede
previsiones básicas de este nivel prestacional es determinar seguir regulando las sustituciones de profesores.
cuantitativamente las horas lectivas. Supone así según dice el
Tribunal un mínimo común denominador normativo en materia La impugnación de la disposición final primera, queda resuelta
de programación docente que garantiza una continuidad en el en consonancia con los argumentos anteriores.
proceso de aprendizaje de los alumnos, proceso para el que el ré- Si tuviera que sintetizar en una frase el contenido de la sentencia
gimen de dedicación del profesorado no resulta inocuo o indife- diría que el Tribunal Constitucional determina que se debe ga-
rente. La determinación de la parte lectiva de la jornada del per- rantizar un mínimo común denominador normativo en materia
sonal docente, incluido el aspecto relativo a la compensación con de programación docente y una homogeneidad en el nivel pres-
horas complementarias, con carácter básico, se justifica porque tacional de la enseñanza financiada con fondos públicos.
con ello se logra una mínima y fundamental homogeneidad en un
aspecto sustancial de su régimen funcionarial, máxime si se trata Entiendo que preservar el carácter estatal de los Cuerpos docen-
de funcionarios de ámbito estatal que puedan prestar servicio en tes no va en contra de las competencias autonómicas en materia
cualquier parte del sistema educativo. educativa.
Junio 2016 9