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Asesoría Jurídica
Por Raquel García Blanco, asesora jurídica nacional de ANPE
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
Desde que se publicó el Estatuto Básico del Empleado Público en abril del 2007, diversas leyes
han modificado determinados preceptos del Estatuto, y el Gobierno en su potestad delegada ha
dictado este Texto Refundido del Estatuto Básico para:
• Integrar en un único texto todas las modificaciones introduci- podrá establecer hasta un máximo de cuatro días adiciona-
das en la Ley 7/2007, de 12 de abril y sus nuevas disposicio- les de vacaciones en función del tiempo de servicios por los
nes. funcionarios públicos.
• Incluir en el texto las disposiciones en materia de régimen ju- – La Disposición adicional decimosexta. Permiso retribuido
rídico del empleado público contenidas en normas con rango para las funcionarias en estado de gestación que fue incluido
de ley, y de carácter de legislación básica, que de manera in- por la ley de presupuestos para el 2015 estableciendo que
discutible afectan al ámbito material de la Ley 7/2007, de 12 cada Administración Pública ,en su ámbito, podrá estable-
de abril y que no habían tenido un mero carácter conyuntu- cer a las funcionarias en estado de gestación, un permiso re-
ral o temporal, sino que han sido aprobadas con vocación de tribuido, a partir del día primero de la semana 37 de em-
permanencia. barazo, hasta la fecha del parto.
• Unificar la normativa dando lugar a un nuevo texto, completo En el supuesto de gestación múltiple, este permiso podrá
y sistemático. iniciarse el primer día de la semana 35 de embarazo, hasta
Entre las Disposiciones adicionales incluidas en el texto caben la fecha de parto.
destacar las siguientes: – La Disposición transitoria sexta. Duración del permiso de
paternidad por el nacimiento, acogimiento o adopción de
– La Disposición adicional duodécima hace referencia a las
un hijo para el personal funcionario hasta la entrada en vi-
Mesas de negociación en ámbitos específicos estableciendo
gor de la Ley 9/2009, de 6 de octubre. Sin perjuicio de lo
para la negociación de las condiciones de trabajo del per-
indicado en el artículo 49, letra c), la duración del permiso
sonal funcionario o estatutario de sus respectivos ámbitos,
de paternidad para el personal funcionario seguirá siendo
la constitución de varias Mesas de Negociación entre las que
se encuentra la del personal docente no universitario para de quince días hasta que no se produzca la entrada en vigor
las cuestiones que deban ser objeto de negociación com- del artículo 2 de la Ley 9/2009, de 6 de octubre.
prendidas en el ámbito competencial del Ministerio de – Se deroga el apdo 3 del art. 50 que fue introducido por el
Educación, Cultura y Deporte. Real Decreto-ley 20/2012, de 13 julio que suspendía y que-
– La Disposición adicional decimotercera hace referencia al daba sin efecto los Acuerdos, Pactos y Convenios para el
permiso por asuntos particulares por antigüedad, donde las personal funcionario y laboral, suscritos por las Admi nis -
Administraciones podrán establecer hasta dos días adicio- tra ciones Públicas y sus Organismos y Entidades , vincula-
nales de permiso por asuntos particulares al cumplir el sexto dos o dependientes de las mismas, en lo relativo al permiso
trienio, incrementándose, como máximo, en un día por por asuntos particulares, vacaciones y días adicionales a los
cada trienio a partir del octavo. de libre disposición o de similar naturaleza.
– La Disposición adicional decimocuarta. Días adicionales de Entendemos que con la derogación de este apartado nos re-
vacaciones por antigüedad. Cada Administración Pública trotraemos a la situación original.
Octubre - noviembre 2015 21