Page 38 - anpe_568
P. 38
XIV PROGRAMA ELECTORAL
159. Posibilidad de impartir docencia voluntariamente en los F.6 Docentes de las Escuelas Oficiales de Idiomas
centros de FP para el Empleo.
174. Promover intercambios y estancias en otros países.
F. 4 Profesores de Enseñanza Secundaria 175. Extensión de las enseñanzas hasta el máximo nivel reco-
nocido en el Marco Común europeo de referencia para
las lenguas (MCERL), es decir, hasta el C2.
A) Generales:
176. Favorecer la especialización dentro de un idioma.
160. Revisión de los complementos singulares por el desem-
177. Extender las Escuelas Oficiales de Idiomas al marco co-
peño de funciones concretas.
marcal.
161. Regulación general del acceso a profesor asociado de
178. Inclusión en las EEOOII de enseñanzas de lenguas oficia-
Universidad.
les de las comunidades autónomas, con títulos homolo-
162. Regulación de las condiciones de los docentes desplaza- gados para todo el Estado.
dos y/o suprimidos.
179. Acceso al cuerpo de Catedráticos por concurso de méritos.
163. Intervención de otros profesionales (educadores socia-
les, etc.)
F.7 Docentes de los conservatorios de Música y Artes
164. Potenciación de las enseñanzas en la modalidad a dis- Escénicas
tancia.
180. Desarrollo normativo de estas enseñanzas que posibilite
una adecuada adscripción del profesorado funcionario
B) De cambios y adquisición de nuevas especialidades: de carrera.
181. Diseño de un Plan de formación permanente que resulte
165. Establecimiento de un marco que posibilite cambios de
útil para el desarrollo de las Tecnologías de la Información
especialidad y adquisición de nuevas especialidades, en
y Comunicación.
función de titulaciones académicas y/o experiencia.
182. Establecimiento de las plantillas orgánicas de los Centros
y convocatoria de procesos de selección para que sean
C) De especialidades de Formación Profesional:
ocupadas por funcionarios de carrera.
166. Establecer un Plan de Formación Permanente que per- 183. Convocatoria y promoción al cuerpo de Catedráticos por
mita actualizar los conocimientos teóricos y tecnológicos. concurso de méritos.
167. Posibilidad de compatibilizar trabajo en empresa, que per- 184. Inclusión de la Música como materia en el currículo de
mita la puesta al día en la realidad pública y privada. Educación de Adultos.
168. Regulación clara y precisa de la atribución de competen- 185. Creación de Conservatorios Superiores de Música y
cia docente en los centros integrados. Danza al menos en todas las capitales de provincia.
169. Promover estancias formativas en centros de referencia.
F.8 Docentes de las Enseñanzas de Artes Plásticas y
Diseño y Enseñanzas Deportivas
D) De profesores en programas docentes y equipos
multiprofesionales: 186. Potenciación y extensión de estas enseñanzas.
170. Regulación clara de las condiciones laborales en los dife- 187. Publicación de las correspondientes Plantillas Orgánicas.
rentes programas: educación de adultos, equipos multi-
188. Convocatoria de accesos a estas plazas.
profesionales, profesores de Secundaria de los ámbitos
de la FP Básica, centros de profesores, etc. 189. Acceso a Catedrático por concurso de méritos.
171. Consolidar todas las plazas estables para poderlas ofertar 190. Regulación del personal de carácter docente no funcio-
en los Concursos Generales de Traslados, con las condi- nario.
ciones específicas correspondientes. 191. Posibilidad de compatibilizar docencia con trabajos en
empresas públicas o privadas, para actualizarse.
F. 5 Catedráticos
F.9 Docentes de las Enseñanzas Artísticas Superiores
172. Convocatoria de plazas en todas las comunidades autó-
nomas hasta alcanzar el 30% de la plantilla de profesores 192. Homologación del nivel de complemento de destino del
de Secundaria tal y como marca la LOE/LOMCE. profesorado de enseñanzas artísticas superiores.
173. Acceso prioritario, por concurso de méritos, a la docencia 193. Inclusión de un capítulo específico para el profesorado
universitaria. de las enseñanzas artísticas dentro del Estatuto Docente
38 ANPE 568