Page 26 - anpe_558
P. 26
OPINIÓN
AUTONOMÍA DE LOS CENTROS
NO ES “AUTONOMÍA DEL DIRECTOR”
Por Manuel Diez, secretario estatal de acción social
Todos los estudios e informes coinciden en que dotar a los centros educati-
vos de mayores cotas de autonomía organizativa y de gestión es apostar por
parámetros de calidad.
Así viene ya recogido en el artículo 120 de la LOE “los director queda en manos de la Administración. Es de-
centros docentes dispondrán de autonomía para ela- cir, lo nombra ella.
borar, aprobar y ejecutar un proyecto educativo y un
proyecto de gestión, así como las normas de organiza- Con estas medidas, se está confundiendo la autonomía
ción y funcionamiento del centro” Todo ello dentro del de los centros con la autonomía del director. Así lo re-
coge el Consejo de Estado en su dictamen “perder la
marco de la legislación vigente y con el compromiso de representación mayoritaria del centro en el proceso de
que la administración debe favorecer esta autonomía.
selección en beneficio de la administración, contradice
Por desgracia nada de esto se ha cumplido, por un lado, el aumento de la autonomía de los centros que preco-
cada administración educativa ha ido por su lado, con- niza la propia ley” La verdadera autonomía del centro,
tribuyendo no a la autonomía, que sería legítimo, sino debe pasar por poder elegir o seleccionar al director
a la desvertebración del sistema educativo español; y desde el propio centro y por poder establecer el mo-
por otro, dentro de una misma administración la rigi- delo de jornada. Esa es mi opinión y seguramente com-
dez burocrática ha impedido el desarrollo de esta au- partida por la mayor parte del profesorado. Lo que ocu-
tonomía, incluso en aquellas comunidades donde se ha rre es que como esta ley se está haciendo de espaldas
cedido un porcentaje del currículo a los propios cen- al profesorado, también se está haciendo con opinión
tros. No tenemos más que ver las trabas que ponen al- contraria al mismo.
gunas Consejerías de Educación para permitir implan- Profesionalizar y potenciar la función directiva es
tar el modelo de jornada escolar apoyado mayoritaria- bueno y necesario, dotarles del poder casi absoluto y
mente por la comunidad educativa. omnímodo es malo e innecesario y por tanto contrario
a la calidad. Está visto que con esta medida, la admi-
El proyecto de ley de la LOMCE mantiene el artículo 120
de la LOE en su integridad, completándolo con más que nistración lo único que pretende es tener “el control
discutibles elementos de competitividad, como es la pu- político del centro” y ese es el gran error. Cuanto más
blicación de los resultados. alejado esté del entorno político e ideológico mayores
cotas de calidad educativa podrá impartir un centro.
Pero a mi entender las contradicciones con la autono-
Venimos denunciando reiteradamente el uso de la edu-
mía de los centros vienen en los artículos siguientes y
que se quieren enmascarar con la potenciación de la cación como arma política arrojadiza y con decisiones
como ésta, no hace nada por alejarse de esta situación,
función directiva, el ya tan criticado por mí en la ante- sino incrementarse.
rior revista “En defensa del Concurso de Traslados” el
(122 bis), “Para la realización de las acciones de calidad, Una vez más instamos al Pacto de Estado en este sen-
el director del centro dispondrá de autonomía para tido; también lo avala el Consejo de Estado. Si real-
adaptar los recursos humanos a las necesidades deri- mente creemos en las instituciones, aunque sean con-
vadas de los mismos” o en la nueva redacción que se sultivas, tengamos en cuenta sus opiniones y dictá-
26 da al artículo 134 donde el proceso de selección del menes.
ANPE 558