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INFORMACION PROFESIONAL





















































                     • Formación Profesional dual del Sistema Educativo  • En el Capítulo VII del Título I de la LOE, que se re-
                       Español. (Artículo único, apartado treinta y tres  fiere a las enseñanzas de idiomas, se modifica el
                       del Proyecto). En el Proyecto se atribuye al Go -  artículo 59, apartado 1, introduciéndose en el ám-
                       bier no la regulación de la Formación Pro fe sio nal  bito de las enseñanzas de idiomas de régimen
                       dual, que combine la formación en la empresa y  especial el nivel C2 del Marco Común Europeo de
                                                                       Referencia para las Lenguas.
                       en el centro educativo
                     1.  La  Formación  Profesional  dual  del  Sistema  • En el Capítulo VIII del Título I, que regula las en-
                     Educativo Español es el conjunto de acciones e ini-  señanzas deportivas, se modifica el artículo 63,
                                                                       apartado 4 de la LOE. La modificación remite al
                     ciativas formativas que, en corresponsabilidad con
                     las empresas,  tienen por objeto la cualificación pro-  apartado 3 del artículo 6 bis, en lo que respecta
                                                                       al currículo de estas enseñanzas.
                     fesional de las personas armonizando los procesos
                     de enseñanza y aprendizaje entre los centros edu-  • En el Capítulo IX del Título I de la LOE, referido a
                     cativos y los centros de trabajo.                 la educación de personas adultas, se reforman los
                                                                       artículos 68, apartado 2, artículo 69, apartado 5,
                     • En cuanto al Capítulo VI del Título I de la LOE, que  adaptando la redacción a las novedades normati-
                       trata de las enseñanzas artísticas, se modifican al-  vas introducidas por el Proyecto y contempla asi-
                       gunos preceptos, como son el artículo 46 apar-  mismo la posibilidad de acceder a las enseñanzas
                       tado 1, artículo 50, apartado 2, artículo 55, apar-  artísticas superiores mediante la superación de
                                                                       una prueba específica (artículo único, apartado
                       tado 3, artículo 56, apartado 2, artículo 57, apar-
                                                                       cincuenta y cincuenta y uno del Proyecto).
                       tados 3 y 4 y artículo 58, apartados 7 y 8, haciendo
                       constar de manera expresa que los estudios su-  • El Título II de la LOE, la Equidad en la Educación,
                       periores de las enseñanzas artísticas poseen el ni-  trata en su Capítulo III la escolarización en cen-
                       vel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la  tros  públicos  y  privados  concertados; en  el
                       educación  superior  (artículo  único,  apartados  Proyecto de Ley se modifican los artículos 84,
       22              treinta y siete a cuarenta y cuatro del Proyecto).   apartado 2, 84, apartado 7, 87, apartado 2. En
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