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El Rincón del Defensor del Profesor
• Real Decreto de 14 de septiembre de 1882, aprobatorio • Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas
de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Referencias: de Protección Integral contra la Violencia de Género. (Texto
Obligación de denunciar ante un hecho delictivo, estable- consolidado a 6-10-2015)
cida, con carácter general, en los artículos 259 y 264; espe-
• Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la
cífico para profesionales, en el art. 262.
responsabilidad penal de los menores. (BOE 13-01-2000)
• Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. (Texto consolidado a 28-12-2012). Modificación: Ley
• Ley Orgánica 19/1994, de 23 de diciembre, de Pro tec - Orgánica 8/2006, de 4 de diciembre. (BOE 05-12-2006).
ción a Testigos y Peritos en Causas Criminales. Referencias: Es de aplicación cuando la persona agresora
tiene entre catorce y dieciocho años. Si tiene una edad in-
• Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección
ferior a catorce años, no hay sanción penal.
Jurídica del Menor de modificación parcial del Código Civil
y de la Ley de Enjuiciamiento Civil Actualizado por la Ley
26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de CONTENIDOS DE LOS PROTOCOLOS
protección a la infancia y a la adolescencia («B.O.E.» 29 ju-
lio). Referencias: Normativa. Todas las Comunidades tienen Protocolos para la
prevención y tratamiento del acoso escolar. En algunas se publican
Art. 2. Interés superior del menor.
como resolución, circular…
El artículo 2.1 define el interés superior del menor: “Todo
menor tiene derecho a que su interés superior sea valorado Definición de acoso. Hace referencia a todo tipo de acoso, ci-
y considerado como primordial en todas las acciones y de-
beracoso, acoso sexual,...
cisiones que le conciernen, tanto en el ámbito público como
privado. En la aplicación de la presente ley y demás normas Se considerará acoso escolar toda actuación repetitiva, continuada
que le afecten, así como en las medidas concernientes a los en el tiempo y deliberada, consistente en agresiones físicas o psí-
menores que adopten las instituciones, públicas o privadas, quicas a un alumno por parte de otro u otros que se colocan en
los Tribunales, o los órganos legislativos primará el interés situación de superioridad.
superior de los mismos sobre cualquier otro interés legítimo
El ciberacoso. aparece de forma explícita en algunas
que pudiera concurrir. Las limitaciones a la capacidad de
obrar de los menores se interpretarán de forma restrictiva y, Comunidades, hasta se han actualizado los protocolos para incluir
en todo caso, siempre en el interés superior del menor.” la situación concreta, atendiendo a la resolución de conflictos que
constituye el acoso en la red.
Art. 13. Obligaciones de los ciudadanos y deber de reserva.
El artículo 13.1 establece que: “Toda persona o autoridad
y especialmente aquellos que por su profesión o función de- Objetivos de los protocolos
tecten una situación de maltrato, de riesgo o de posible de- Tomado de Aragón
samparo de un menor, lo comunicarán a la autoridad o sus
a) Clarificar el concepto de acoso.
agentes más próximos, sin perjuicio de prestarle el auxilio
inmediato que precise.” b) Facilitar a los centros educativos una herramienta para detec-
Art. 18 Actuaciones en situación de desamparo. En el artículo tarlo e intervenir inmediatamente tras la comunicación de una
18. 2 se define la situación de desamparo: “De acuerdo con posible situación de acoso escolar.
lo establecido en el artículo 172 y siguientes del código Civil, c) Proponer varias medidas de protección que el centro debe
se considerará situación de desamparo la que se produce de aplicar inmediatamente proporcionando así al alumnado un
hecho a causa del incumplimiento, o del imposible o inade- espacio seguro.
cuado ejercicio de los deberes de protección establecidos por
d) Divulgar unas buenas prácticas para atender a las familias o
las leyes para la guarda de los menores, cuando éstos queden
privados de la necesaria asistencia moral o material.” tutores/as legales del alumnado y poder así rebajar los niveles
de ansiedad que suelen presentar.
• Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Pro tec - e) Facilitar en varios anexos los documentos que han de cumpli-
ción de Datos de Carácter Personal (“LOPD”). Real mentarse en las diferentes fases del proceso, así como otros
Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se que proporcionan información, orientaciones y buenas prác-
aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica ticas que facilitan el desarrollo de las actuaciones recogidas en
15/1999 de 13 de diciembre de protección de datos de ca- este protocolo.
rácter personal. (BOE 19-01-2008).
Anexos que tienen que realizar los profesores para tramitar. Los
• Ley 41/2002, de 14 de noviembre, Ley Básica Regu a -
l
anexos varían de unos protocolos a otros, van desde 6 a 14, y la
do ra de la Autonomía del Paciente y de Derechos y
Obligaciones en Materia de Información y Documentación pregunta es: ¿Resulta fácil la tramitación?
Clínica. (Texto consolidado a 22-09-2015) Tiempo: en algunos protocolos se establece el tiempo de resolu-
• Ley 27/2003, de 31 de julio, reguladora de la Orden de ción del problema de acoso de manera explícita, en algunas co-
protección de las víctimas de la violencia doméstica. munidades 5 días, en otras 12, pero en algunas no se especifica,
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