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Información Profesional
MADRID
LEGISLACIÓN FORMACIÓN DE CRITERIOS
APLICABLE LISTAS DE INTERINOS DE BAREMACIÓN
Las listas de aspirantes a ocu- Las listas de interinos serán integradas por: 1. Nota de oposición, hasta un máximo de 8 puntos. Para la valoración de la nota de
par puestos docentes en ré- a) Listas derivadas de procesos selectivo: los aspirantes se tendrá en cuenta la mejor nota de la fase de oposición obtenida
gimen de interinidad deriva- Requisito: superarla fase de oposición y no obtener plaza en las dos últimas convocatorias de oposición. La puntuación será proporcional a
rán de procesos selectivos 1. Especialidades convocadas en los procedimientos dicha nota. Se multiplicará la nota de la fase de oposición por 0,8, siempre que sea
para el acceso a los cuerpos selectivos de 2015. igual o superior a 5 puntos.
docentes y se regirán por lo Los participantes en el procedimiento selectivo de 2. Experiencia docente, hasta un máximo de 1,5 puntos. La puntuación obtenida en
dispuesto en el Decreto 2015 y los participantes en el procedimiento selectivo este apartado del baremo de oposición se multiplicará por 0,3.
42/2013, de 9 de mayo, del inmediatamente anterior del cuerpo y la especialidad 3. Otros méritos, hasta un máximo de 0,5 puntos.
Consejo de Gobierno, por el correspondientes, que no habiendo sido selecciona- • Formación académica: hasta un máximo de 0,25 puntos. La puntuación obtenida
que se regula el procedi- dos en el mismo, superaron la fase de oposición y que en este apartado del baremo de oposición se multiplicará por 0,05.
miento de selección de fun- en solicitud señalaron formar parte de listas de interi- • Acreditación de la competencia lingüística: 0, 15 puntos por el nivel 1 y 0,25 pun-
cionarios interinos docentes nos. tos por el nivel 2, hasta un máximo de 0,25 puntos.
de ámbito no universitario en 2. Especialidades no convocadas en los procedimien- Para que se tengan en cuenta los méritos de los apartados de experiencia docente, for-
la Comunidad de Madrid, y tos selectivos de 2015. mación académica y acreditación de la competencia lingüística será necesario haberse
lo dispuesto en las siguientes Las listas de aspirantes a desempeñar puestos docen- presentado al último proceso selectivo de la Comunidad de Madrid del mismo cuerpo,
resoluciones según el cuerpo: tes en régimen de interinidad vigentes en el curso y se tendrá en cuenta esta baremación. En caso de no presentarse la puntuación en es-
2014-2015 de las especialidades no convocadas en los
• Resolución de 27 de abril tos apartados será de 0 puntos.
de 2015, de la Dirección procedimientos selectivos de 2015, quedan prorroga- Los desempates se dirimirán, en primer lugar, por la mayor nota obtenida en fase de
General de Recursos das para el curso escolar 2015-2016, en las mismas oposición; en segundo lugar, por la mayor puntuación obtenida en cada uno de los
Humanos, por la que se re- condiciones y en el mismo orden de prelación, exclu- apartados del baremo según aparezcan en la convocatoria de oposición y, si persis-
gula la formación de las lis- yendo a todos aquellos aspirantes que hayan decaído tiese, por la mayor puntuación en la nota media del expediente de la titulación por la
tas de aspirantes a desem- de las mismas. que se participa en el procedimiento.
peñar puestos docentes en b) Listas extraordinarias: La ordenación de los aspirantes para formar parte de las listas extraordinarias se reali-
régimen de interinidad del Cuando las listas que resulten de los procesos selectivos zará conforme al baremo establecido en el artículo 4 del Decreto 42/2013, de 9 de mayo,
Cuerpo de Maestros para para el acceso a los cuerpos docentes se agoten o se pre- del Consejo de Gobierno, por el que se regula el procedimiento de selección de fun-
el curso escolar 2015-2016. vea que se van a agotar, se elaborarán listas extraordina- cionarios interinos docentes de ámbito no universitario en la Comunidad de Madrid.
rias de interinos. Estas listas estarán reguladas por reso-
• Resolución de 28 de abril lución de la Dirección General de Recursos Humanos. 1. Las listas específicas estarán formadas, siguiendo el orden de prelación establecido
de 2015, de la Dirección Los aspirantes a interinidad de estas listas extraordinarias a continuación, por:
General de Recursos se ordenarán en tres bloques, a los que se recurrirá para a) Los integrantes de las listas derivadas del proceso selectivo del Cuerpo y espe-
Humanos, por la que se re- la oferta de nombramientos de forma sucesiva y por este cialidad de que se trate, que cumplan el o los requisitos adicionales que se de-
gula la formación de las lis- mismo orden: terminen, en el orden en que figuren en las listas.
tas de aspirantes a desem- Bloque 1. Quienes hayan superado, en la misma especia- b) Los integrantes de las listas extraordinarias del Cuerpo y especialidad de que se
peñar puestos docentes en lidad, la fase de oposición de alguno de los procesos se- trate, que cumplan dichos requisitos adicionales, en el orden en que figuren en
régimen de interinidad de lectivos para el ingreso en el cuerpo correspondiente en las listas.
los Cuerpos de Profesores los últimos diez años en la Comunidad de Madrid. c) Los candidatos que resulten de convocatorias específicas que incluirán las pecu-
de Enseñanza Secundaria, Bloque 2. Quienes, no estando incluidos en el bloque an- liaridades derivadas de los requisitos adicionales exigibles a los aspirantes, en el
Profesores Técnicos de terior, hubieran superado la primera prueba de la fase de orden en que figuren en las listas resultantes de estas convocatorias.
Formación Profesional oposición del último proceso selectivo convocado en la 2. Para el llamamiento de los aspirantes integrantes de las listas específicas se respe-
Profesores de Escuelas Comunidad de Madrid, o en el inmediatamente anterior. tará siempre el orden de prelación de las listas de las que procedan sus compo-
Oficiales de Idiomas, Bloque 3. Quienes no estén incluidos en ninguno de los nentes, según lo previsto en el apartado anterior.
Profesores de Música y bloques anteriores. En ningún caso se alterará el orden establecido para cada una de las listas a las que
Artes Escénicas y c) Listas específicas. se hace referencia en los apartados a), b) y c).
Profesores y Maestros de Asimismo, la Consejería competente en materia de edu- 3. Para las listas específicas para la impartición de materias cuyo currículo se desarro-
Taller de Artes Plásticas y cación podrá acordar la elaboración de listas específicas lle en lengua extranjera, la Consejería competente en materia de educación podrá
Diseño, para el curso esco- de aspirantes para ocupar puestos que requieran la po- realizar la correspondiente convocatoria, que incorporará pruebas específicas, titu-
lar 2015-2016. laciones, experiencia u otros medios que acrediten un dominio suficiente tanto de
sesión de requisitos adicionales para su cobertura
la materia a impartir como de la lengua de que se trate, sin perjuicio de la exigen-
Las listas mencionadas en los apartados anteriores perma- cia del cumplimiento de los requisitos generales y específicos para el respectivo
necerán vigentes hasta la elaboración de las nuevas listas de- cuerpo y especialidad. En estos casos, para la inclusión en las listas y en las convo-
rivadas del último proceso selectivo que se convoque para el catorias se establecerá el nivel de competencia lingüística que corresponda según
ingreso en el correspondiente Cuerpo y especialidad. los niveles establecidos en el MCER para las Lenguas.
CASTILLA Y LEÓN
LEGISLACIÓN FORMACIÓN DE CRITERIOS DE RESUMEN
APLICABLE LISTAS DE INTERINOS BAREMACIÓN
ACUERDO de 19 de ACUERDO PRORROGADO Las listas de aspirantes a puestos en régimen EXPERIENCIA DOCENTE: Listas de ámbito regional por cuerpos y
mayo de 2006 (BOCyL 29 de interinidad serán abiertas, con obligación de presentarse a los proce- 55% (máximo 22 puntos) especialidades.
de mayo de 2006) de me- sos selectivos convocados por la Comunidad Autónoma de Castilla y León. NOTA OPOSICIÓN: Se forman nuevas listas con motivo de
jora de las condiciones la- No obstante, los que ya formen parte de las listas de las especialidades 25% (máximo 10 puntos) cada convocatoria del concurso oposi-
borales y profesionales ción.
del personal docente de objeto del correspondiente concurso-oposición podrán mantenerse en las EXPEDIENTE ACADÉMICO Y Los aspirantes se integran en la lista de
centros públicos de ense- nuevas listas, justificando la presentación a los procesos selectivos del men- OTROS MÉRITOS: la especialidad a la que optan y en to-
ñanzas escolares. Firmado cionado Cuerpo y especialidad convocados por otras Administraciones 20% (máximo 8 puntos) das aquellas especialidades a las que el
por ANPE. educativas en el mismo año. aspirante se encuentra habilitado.
Junio 2015 23