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ASESORÍA JURÍDICA
Educación y Derecho Comunitario: ¿Europa para todo?
Por Fernando Salas Bernalte, Asesor Jurídico de ANPE-Aragón
La legislación educativa de las últimas décadas constituye un ejemplo
palmario de cómo el ‘deus ex máchina’ del reformismo impelido desde
Europa ha impulsado notables avances y cambios en un sector, la Pedimos la
Educación, que en España se viene perpetuando –ya desde los años de la extensión de los efectos
Transición– como un triste terreno de liza para la brega política. a todo el profesorado
interino
Un terreno inexplicablemente ajeno a cualquier acuerdo de mí- pleno compromiso y complici-
nimos o Pacto de Estado; incesantemente erosionado y puesto en dad. Por el contrario, cunde en
solfa por un reformismo legal que, sin altura de miras, deja la en- las aulas cierta sensación desazo-
señanza a merced de los tornadizos vientos políticos y sin una nada porque, incluso en los diseños
hoja de ruta estable. puramente técnico-docentes provenientes del
discurso europeo (como, por ejemplo, la “educación por compe-
Los sucesivos gobiernos y Administraciones Educativas –mediante
tencias”; o la regulación de la obtención y renovación de cualifi-
cambios normativos tintados de ideología y nunca concertados
caciones en un contexto de aprendizaje permanente a lo largo de
en el cansino “diálogo de sordos” que ha desdibujado una verda-
la vida), también todas las grandes reformas educativas, incluida
dera Política de estado–, han destejido a menudo, igual que
la última, han relegado y postergado desdeñosamente la opinión
Penélope con el sudario, aquello que primeramente habían hi- de los propios docentes, cuya voz como profesionales, lejos de
lado con lentitud. Entre toda esta indeseable interinidad, tan sólo cualquier protagonismo, ha quedado casi siempre subestimada y
las directrices y programas europeos en materia educativa han cin- arrinconada en los procesos legislativos.
celado unos razonables pilares técnicos con los que vertebrar un
sistema de enseñanzas moderno y profesional. En mi opinión, En este orden de cosas, y sobre esta integración –quizá algo re-
por tanto, el proceso de adaptación a los estándares europeos en signada y escéptica– de las reformas europeas por los profesiona-
les docentes en su ámbito, llegan ahora los Tribunales de Justicia
Educación no sólo ha sido positivo, sino que ha amortiguado, si-
aragoneses, a través de la misma veta abierta por ANPE en otras
quiera muy parcialmente, los diferentes sesgos ideológicos que
Comunidades Autónomas, y acaban de aplicar un significativo
–junto a otras causas concomitantes– vienen convirtiendo la
efecto directo del Derecho Comunitario Europeo en España:
Educación española en ‘casus belli’ para reformas arbitristas y sin
consenso con la explicable merma en resultados educativos que compeler a la Administración al pago del complemento retribu-
tivo por formación denominado “sexenio” a ocho funcionarios
anualmente reflejan los informes PISA.
docentes interinos de enseñanzas no universitarias. Efectivamente,
Sin embargo, y para mayor contradicción, ni siquiera esas gran- las recientes sentencias de 22 de octubre de 2013 del Juzgado de
des directrices europeas de las reformas educativas en los últimos lo Contencioso Administrativo Núm. 1 de Huesca reconocen el
lustros han sido ampliamente consultadas, participadas y conve- derecho al cobro de sexenios del importante colectivo de funcio-
nidas con los cuerpos docentes que debían aplicarlas buscando su narios docentes interinos por aplicación del “principio de no
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