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                                            COMUNIDAD VALENCIANA

         LEGISLACIÓN                          FORMACIÓN DE                          CRITERIOS DE    RESUMEN
          APLICABLE                         LISTAS DE INTERINOS                     BAREMACIÓN

        Acuerdo suscrito por la  Las listas se elaboran por cuerpo y especialidad , a excepción del cuerpo de maestros, en que se confecciona una  Antigüedad y opo-  El acceso a la bolsa sigue
        Conseleria de Educación,  lista única para todas las especialidades.        sición aprobada o  siendo por oposición o por
        Cultura y Deporte y las or-  Las listas y su ordenación ,será la que corresponda según criterios del anterior acuerdo ( Acuerdo de 2010), si bien  parte de ella.  bolsa extra ordinaria. (Acuer -
        ganizaciones sindicales por  se constituirán nuevas listas cuando hay oposición y en las especialidades que se convoquen . Estas listas estarán vi-  do 2010)
        el que se establece el sis-  gentes hasta su reconfiguración por las nuevas derivadas de cada una de las sucesivas oposiciones que se realicen.   Se rebareman las especiali-
        tema de provisión de pues-  El acceso a puestos se efectuará entre el personal integrante de las listas por el orden previsto por el Acuerdo de 2010,  dades objeto de convocato-
        tos de trabajo en régimen  si bien, cuando se celebren oposiciones, este acceso se efectuará entre los integrantes de las nuevas listas que se en-  ria de oposición.
        de interinidad.  cuentren en alguno de los siguientes  supuestos relacionados por orden de prioridad  Consolidan su posición ac-
                        a) Interinos con  servicios.  Mantienen el orden existente aquellos que:  tual los interinos con servi-
        (Pendiente de publica-  I. Han superado la fase oposición antes de la entrada en vigor del Acuerdo de 2013 en cualesquiera  cios que hayan aprobado
        ción en DOCV )    Administraciones educativas.                                           todas las pruebas de la opo-
                         II. Han prestado servicios antes de 1994 en el caso de maestros y antes de 1995 en el caso de Secundaria y  sición.
                           otros cuerpos.                                                        Consolidan su posición ac-
                         III. Han superado alguna prueba de la oposición o parte de ella (transitoria de la LOE) en cualesquiera de las ad-  tual  los interinos con servi-
                           ministraciones educativas.Mantendrán el número de orden, condicionado a superar toda la fase oposición en  cios anteriores al 1994 (bol-
                           la Administración valenciana. Periodo transitorio (moratoria): maestros 2 convocatorias . Restantes bolsas 1  sas de maestros) 1995 (otras
                           convocatoria , excepto cuerpos y especialidades incluidos en la OEP de 2013 que tendrán 2 convocatorias .  Bolsas)
                        b) Opositores de la Comunidad valenciana que no hayan sido seleccionados:  Los interinos con servicios,
                         I. Fase oposición aprobada. Se ordenan según puntuación  total ( oposición+ concurso). Mantienen indefinida-  con una parte de la oposi-
                          mente la posición en la que se incorporen a la lista                   ción aprobada, consolidan
                         II. Fase de oposición suspendida: Se ordenan por número de ejercicios superados y dentro de ellos por pun-  su posición  actual si aprue-
                           tuación en las pruebas. Cuando haya una nueva oposición no conservarán el derecho a mantener el orden  ban la totalidad de las prue-
                           en las listas.                                                        bas durante las respectivas
                        c) Interinos con servicios  que no se encuentre incluidos en el apartado a) o b). A continuación se ordenarán los  moratorias.
                          que provengan del b)II , hubieran prestado servicios y no se encuentren en los apartados a) o b)  Las plazas de la posible OEP
                        d) Personal docente de unidades concertadas que han dejado de estarlo ( bolsas de centros en crisis). No con-  del 2014 se acumulan a con-
                          servan el derecho a mantener el orden con ocasión de convocatoria de oposiciones.  vocatorias de oposiciones
                        e) Personal de bolsas extraordinarias, sin servicios prestados, ordenados por su propia baremación.  posteriores.

                                                       LA RIOJA

           LEGISLACIÓN           FORMACIÓN DE          CRITERIOS  BÁSICOS      CONDICIONES           OTRAS
            APLICABLE                LISTAS             DE BAREMACIÓN           LABORALES        APRECIACIONES
        • Orden 10/2006 de 4 de abril, LISTAS ABIERTAS:  1. Experiencia docente previa:  – Cobro del verano: El cobro de – Vacantes no obligatorias:
        por la que se regula, en régimen – Confección de listas en dos bloques:  hasta un máximo de 5 puntos.  los meses de verano se contem- Las vacantes ofertadas que
        de interinidad, la provisión de BLOQUE A.: Formado por los integrantes  Por cada curso académico  pla, por prorroga de contrato a sean de tiempo parcial, las
        puestos de trabajo docentes no actuales del bloque A. Incluye tanto los in-  completo en centros públicos  los interinos que al finalizar las plazas itinerantes y las pla-
        universitarios en la Comunidad terinos que accedieron por procesos selec-  en plazas del mismo cuerpo,  actividades lectivas de junio ha- zas de especialidades no afi-
        Au tó noma de la Rioja. (BOR de tivos como los que lo hicieron por convo-  0’5 puntos.  yan acumulado 168 días de con- nes a la propia, no son obli-
        8 de abril de 2006)  catoria extraordinaria. Teniendo estos últi-  2. Por participación en el con-  trato. SUSPENDIDO.  gatorias.
        • Acuerdo sobre oferta de em- mos la obligación de presentarse a las pri-  curso-oposición convocado  TAMPOCO LO COBRAN LOS IN- – Llamamientos lunes y jue-
        pleo público y estabilidad del meras pruebas selectivas convocadas para  por la Consejería de Edu ca ción  TERINOS DE VACANTE.  ves a través de la página
        profesorado interino. Con se je ría su especialidad.  de La Rioja: hasta un máximo  – Los derechos del interino do- web de la Consejería.
        de Hacienda y Empleo. (BOR 8 BLOQUE B.: Formado por los actuales in-  de tres puntos.  cente están contemplados por – El acceso del BLOQUE B
        de abril de 2006)  tegrantes del bloque B, y los participantes  3. Formación Académica y otros  analogía con el funcionario. La al BLOQUE A, se consigue
        • Acuerdo por la calidad de la en nuevos procesos selectivos que hayan  méritos: Máximo 2 pun tos.  reducción de jornada por razo- con una puntuación superior
        Educación (BOR de 10 de mayo obtenido calificación (superior a 0) en la  4. Puntuación complementaria:  nes de guarda legal (menor de a 5 puntos en “una de las
        de 2005) SUSPENDIDO  fase de oposición y no hayan manifestado  Por cada año consecutivo de  12 años), por enfermedad y por pruebas de la Opo sición”.
        • Resolución 3114 de 13 de su voluntad de no incluirse en listas.  permanencia ininterrumpida  interés particular; permiso de
        agosto de 2008 (BOR del 29). – Las listas se elaboran por cuerpos y es-  en las listas de interinos de La  maternidad (16 semanas); per-
        Llamamiento aspirantes en régi-  pecialidad, salvo para Primaria que es  Rioja, máximo 5 puntos. De  miso de paternidad (10 días) y
        men de interinidad.  lista única.               aplicación a partir del 1 de  un periodo de excedencia, están
                                                        septiembre de 2001.  contemplados.


                                                       MURCIA
            LEGISLACIÓN                  FORMACIÓN DE                          CRITERIOS
             APLICABLE                 LISTAS DE INTERINOS                  DE BAREMACIÓN             RESUMEN
                                     ¡¡¡ PENDIENTE DE NEGOCIACIÓN!!!. MÁS  INFORMACIÓN EN PRÓXIMA REVISTA

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