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                                                       NO PERMANENTE:

                                                       La Comisión propone que las universidades incre-
                                                       menten la oferta de Profesores Ayudantes, con una
                                                       ocupación de las plazas muy limitada en el tiempo y
                                                       absolutamente improrrogable. Deja la necesidad de
                                                       acreditación en manos de universidades y comuni-
                                                       dades autónomas.

                                                       Sexenios.
                                                       Se aconseja que se potencie este proceso, dotando
                                                       de mayor cuantía económica a los mismos y de ma-
                                                       nera progresiva, abriéndolo a cualquier miembro del
                                                       PDI y realzando el papel de la Comisión Nacional
                                                       Evaluadora de la Actividad Investigadora, CNEAI.

                                                       Mejoras salariales.
                                                       Las mejoras salariales contenidas en el documento
                                                       van dirigidas prioritariamente a los investigadores
                                                       “excelentes” y no a quienes se esfuerzan en dar cla-
                                                       ses “excelentes”. En consecuencia, los docentes co-
                                                       rrerían el riesgo de ser diferenciados en dos catego-
                                                       rías: una élite investigadora y el resto del profeso-
       Se recomienda la contratación laboral directa e in-  rado,  que  debe  dedicarse  a  impartir  docencia.
       definida del profesorado por las universidades bajo  Resulta asombroso que en el informe no se reco-
       las fórmulas de titular y catedrático. Sin necesidad  nozca la labor docente que desarrolla el profesorado
       de acreditación previa, mediante una “entrevista y  universitario español, siendo, por cierto, uno de los
       una prueba oral”, con total autonomía por parte de  peor pagados en el entorno europeo.
       cada  departamento  para  establecer  el  procedi-
       miento de selección y con el único requisito formal  Gobernanza universitaria.
       de no poder contratar a los doctores de la propia  El informe da un giro radical en la gobernanza uni-
       universidad.                                    versitaria, suprimiendo el Consejo Social y el Consejo
                                                       de Gobierno y reduciendo al mínimo los de las fa-
                                                       cultades, escuelas y departamentos. A cambio, pro-
       Evitar la endogamia.
                                                       pone un nuevo órgano reducido, formado por unas
       Se recomienda impedir cualquier tipo de contrata-  25 personas elegidas por el Claustro y por las comu-
       ción por una universidad de un doctor propio, salvo  nidades  autónomas,  llamado  Consejo  de  la
       que éste hubiera estado previamente vinculado a  Universidad, que será el que gobierne en ella. Este
       otra universidad, institución académica o centro in-  Consejo de la Universidad es el que nombraría al rec-
       vestigador reconocido, español o extranjero, por un  tor, a quien se refuerza en sus poderes. En opinión
       período no inferior de 36 meses.                de algunos expertos, la entrada de las comunidades
                                                       autónomas en el gobierno de las universidades po-
                                                       dría suponer una vulneración del derecho constitu-
       Contratación de PDI.
                                                       cional de la autonomía universitaria.
       PERMANENTE:
                                                       El informe contiene otros muchos aspectos de capi-
       La Comisión propone un cambio radical en los ac-  tal importancia para el gobierno y gestión de las uni-
       tuales mecanismos de selección del PDI con una do-  versidades españolas, evaluación de la calidad de las
       ble vía de acceso a la universidad.             universidades, excelencia y competitividad, estudios
                                                       y títulos universitarios, etc. por lo que recomenda-
       Mediante la implantación del sistema de acredita-  mos su lectura en http://t.co/DkTz05Z1.
       ciones públicas. El único requisito para presentarse
                                                       El Ministro de Educación y la comunidad universita-
       a la habilitación sería contar con el título de doctor.
                                                       ria tendrán que dialogar mucho para decidir qué re-
       De obtenerla, se obtendría la condición de funcio-
                                                       comendaciones de las que ha hecho el Comité de ex-
       nario.
                                                       pertos se pueden implantar, porque el informe no
       Mediante la contratación directa e indefinida del PDI  hace referencia alguna a los cambios legales –e, in-
       Doctor por parte de las universidades, lo que no  cluso, constitucionales– que deberían llevarse a cabo
       otorgaría la condición de funcionario.          para implantarlas.                                     17
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