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INFORMACIÓNPROFESIONALINFORMACIÓNPROFESIONALINFORMACIÓNPROFESIONAL
NO PERMANENTE:
La Comisión propone que las universidades incre-
menten la oferta de Profesores Ayudantes, con una
ocupación de las plazas muy limitada en el tiempo y
absolutamente improrrogable. Deja la necesidad de
acreditación en manos de universidades y comuni-
dades autónomas.
Sexenios.
Se aconseja que se potencie este proceso, dotando
de mayor cuantía económica a los mismos y de ma-
nera progresiva, abriéndolo a cualquier miembro del
PDI y realzando el papel de la Comisión Nacional
Evaluadora de la Actividad Investigadora, CNEAI.
Mejoras salariales.
Las mejoras salariales contenidas en el documento
van dirigidas prioritariamente a los investigadores
“excelentes” y no a quienes se esfuerzan en dar cla-
ses “excelentes”. En consecuencia, los docentes co-
rrerían el riesgo de ser diferenciados en dos catego-
rías: una élite investigadora y el resto del profeso-
Se recomienda la contratación laboral directa e in- rado, que debe dedicarse a impartir docencia.
definida del profesorado por las universidades bajo Resulta asombroso que en el informe no se reco-
las fórmulas de titular y catedrático. Sin necesidad nozca la labor docente que desarrolla el profesorado
de acreditación previa, mediante una “entrevista y universitario español, siendo, por cierto, uno de los
una prueba oral”, con total autonomía por parte de peor pagados en el entorno europeo.
cada departamento para establecer el procedi-
miento de selección y con el único requisito formal Gobernanza universitaria.
de no poder contratar a los doctores de la propia El informe da un giro radical en la gobernanza uni-
universidad. versitaria, suprimiendo el Consejo Social y el Consejo
de Gobierno y reduciendo al mínimo los de las fa-
cultades, escuelas y departamentos. A cambio, pro-
Evitar la endogamia.
pone un nuevo órgano reducido, formado por unas
Se recomienda impedir cualquier tipo de contrata- 25 personas elegidas por el Claustro y por las comu-
ción por una universidad de un doctor propio, salvo nidades autónomas, llamado Consejo de la
que éste hubiera estado previamente vinculado a Universidad, que será el que gobierne en ella. Este
otra universidad, institución académica o centro in- Consejo de la Universidad es el que nombraría al rec-
vestigador reconocido, español o extranjero, por un tor, a quien se refuerza en sus poderes. En opinión
período no inferior de 36 meses. de algunos expertos, la entrada de las comunidades
autónomas en el gobierno de las universidades po-
dría suponer una vulneración del derecho constitu-
Contratación de PDI.
cional de la autonomía universitaria.
PERMANENTE:
El informe contiene otros muchos aspectos de capi-
La Comisión propone un cambio radical en los ac- tal importancia para el gobierno y gestión de las uni-
tuales mecanismos de selección del PDI con una do- versidades españolas, evaluación de la calidad de las
ble vía de acceso a la universidad. universidades, excelencia y competitividad, estudios
y títulos universitarios, etc. por lo que recomenda-
Mediante la implantación del sistema de acredita- mos su lectura en http://t.co/DkTz05Z1.
ciones públicas. El único requisito para presentarse
El Ministro de Educación y la comunidad universita-
a la habilitación sería contar con el título de doctor.
ria tendrán que dialogar mucho para decidir qué re-
De obtenerla, se obtendría la condición de funcio-
comendaciones de las que ha hecho el Comité de ex-
nario.
pertos se pueden implantar, porque el informe no
Mediante la contratación directa e indefinida del PDI hace referencia alguna a los cambios legales –e, in-
Doctor por parte de las universidades, lo que no cluso, constitucionales– que deberían llevarse a cabo
otorgaría la condición de funcionario. para implantarlas. 17
MARZO 2013