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Asesoría Jurídica




       donde se recoge a grandes rasgos los siguientes as-  Se está pendiente de introducir una modificación a
       pectos:                                         esta misma ley para considerar autoridad a los do-
                                                       centes. Se quiere hacer extensivo este reconoci-
       • La protección jurídica del profesor.
                                                       miento también a los docentes de la enseñanza pri-
       • Normas sobre convivencia en los centros, así  vada-concertada.
          como las conductas que afectan a la convivencia
          y sus correspondientes medidas correctoras.
                                                       CEUTA Y MELILLA
                                                       No hay ley de autoridad.
       CASTILLA LA MANCHA

       En diciembre del 2011 se presentó el anteproyecto  COMUNIDAD VALENCIANA
       de ley de autoridad del profesorado. En este ante-
       proyecto se reconoce al docente de los centros pú-  La ley 15/2010, de 3 de diciembre, de Autoridad del
       blicos y privados-concertados la condición de auto-  Profesorado tiene como finalidad potenciar la fun-
       ridad pública así como la presunción de veracidad.  ción docente y reafirmar la figura del profesorado
       En su articulado la asistencia jurídica y cobertura de  como pilar fundamental del sistema educativo, re-
       responsabilidad civil aparecen como aspectos a des-  conociendo su condición de autoridad pública, lo
       tacar, así como la exoneración de responsabilidad ci-  que implica que los hechos constatados por los pro-
                                                       fesores gozarán de la presunción de veracidad y a
       vil o penal del docente en el caso de daños físicos o
       materiales producidos a un alumno en actividades  este respecto quedará garantizada la protección es-
                                                       tablecida por el ordenamiento jurídico.
       extraescolares, fuera del centro, cuando no medie
       “culpa vigilando de los profesores”.            Su ámbito de aplicación será a los centros educati-
                                                       vos no universitarios de la Comunidad Valenciana,
                                                       debidamente autorizados, que impartan alguna en-
       CASTILLA Y LEÓN
                                                       señanza contempladas en la Ley Orgánica 2/2006 de
       En la actualidad existe un documento de trabajo  3 de mayo, de Educación.
       donde se contempla los puntos a tener en cuenta  En los centros privados la condición de autoridad
       para la futura elaboración de la norma de autori-  quedará limitada al ámbito interno y disciplinario
       dad del profesorado en Castilla y León.         de las relaciones entre el profesorado y alumnado.
                                                       En los centros educativos privados para ser efectiva
       Ya el Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se
                                                       dicha presunción de veracidad deberá preverse en
       regulan los derechos y deberes de los alumnos y la  sus reglamentos de régimen interno.
       participación y los compromisos de las familias en el
       proceso educativo, recoge en su exposición de mo-  Se mantiene en vigor el Decreto 39/2008, de 4 de
       tivos que el refuerzo de la autoridad de los profe-  abril, del Consell, sobre la convivencia en los centros
       sores constituye otro de los ejes de esta norma, plas-  docentes no universitarios y sobre los derechos, de-
       mando en herramientas disciplinarias que estos pue-  beres del alumnado, padres, madres, tutores o tu-
       den y deben utilizar en el mismo momento en el que  toras o profesorado y personal de administración y
       tiene lugar una conducta perturbadora de la convi-  servicios en lo que no se oponga a la citada ley.
       vencia. Igualmente, su artículo 2 c) establece, como
       uno de sus principios informadores, el necesario re-
       fuerzo de la autoridad del profesor para su correcto
       desarrollo del proceso educativo. Por otra parte la
       Orden EDU/1921/2007, de 27 de noviembre, por la
       que se establecen medidas y actuaciones para la pro-
       moción y mejora de la convivencia en los centros
       educativos de Castilla y León, establece en su artí-
       culo 7 que la Consejería de Educación adoptará las
       medidas oportunas para garantizar la debida pro-
       tección y asistencia jurídica del personal docente,
       entre otros.


       CATALUÑA

       La ley 12/2009, de 10 de julio de Educación recoge
       en su art. 142.9 la consideración de autoridad pú-
       blica al director así como la presunción de veracidad
       en la emisión de informes.                                                                             33
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