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ACCIÓNSINDICALESTADO
ESPECIALIDADES DEL CUERPO DE MAESTROS
(BOE 9/11/11)
Por Manuel Diez Diez, secretario estatal de acción social.
Basta con ver las propuestas iniciales del Ministerio para poder
certificar lo de “lo mejor al final”.
Esto por un doble motivo: porque el contenido glo- • Por superar un pro-
bal del Real Decreto ha mejorado sustancialmente ceso de adquisición
en su redacción final, ajustándose a las lógicas y ra- de nuevas especia-
zonables propuestas de ANPE y porque lo más im- lidades.
portante y lo que más trabajo costó conseguir es lo • Por estar en pose-
recogido en la parte final del texto. El Anexo de ti- sión de las titula-
tulaciones. Sin él hubiéramos avanzado pero no hu- ciones o requisitos
biéramos logrado el objetivo principal que preten- que figuran en el
díamos, y con él en la fase inicial de la negociación, anexo.
la redacción hubiese sido otra y más compresible • Por impartir las
para el profesorado. La demanda de ANPE de este áreas propias de la
Real Decreto se basó en estos dos principios: especialidad de
Educación primaria
• Actualizar el catálogo de titulaciones que daban durante tres años,
la habilitación para las distintas especialidades, ya
a partir de la en-
que estaba anclado en 1989 y no se estaba pro- trada en vigor de
cediendo de una manera uniforme en todo el te- este real decreto, y
rritorio nacional, con las nuevas titulaciones.
en más del 30 por
• Unificar criterios de habilitación en toda España, ciento de su hora-
ya que una titulación no podía habilitar en una rio, se adquirirá la
Comunidad Autónoma y con la misma, no poder especialidad de
hacerlo en otra, confluyendo en un Concurso de Educación Prima-
Traslados de carácter estatal, como se estaba ha- ria. Como se puede deducir esto sólo afectará a
ciendo. los Graduados en Educación Infantil que superen
• Después de un largo proceso negociador lo he- el proceso selectivo por otra especialidad e im-
mos conseguido. El Ministerio ha cedido en sus partan materias de Primaria.
inexplicables pretensiones iniciales. La presión sin-
dical y en especial los planteamientos de ANPE, Docencia en otras enseñanzas.
han sido aceptados. No querían reconocer la es- 1. El personal funcionario del Cuerpo de Maestros
pecialidad de Primaria y sí obligar a impartirla y podrá impartir docencia excepcionalmente en los
pretendían que desapareciesen las titulaciones módulos formativos de carácter general de los
para otorgar la especialidad (Habilitación). programas de cualificación profesional inicial
(PCPI) en las condiciones que se determinen.
Este Real Decreto conserva todos los derechos ad-
quiridos de los actuales funcionarios, estableciendo 2. El personal funcionario del Cuerpo de Maestros
un periodo de tres meses para poder recuperar al- de las especialidades de «Pedagogía Terapéutica»
y «Audición y Lenguaje», podrá desempeñar fun-
guno vulnerado.
ciones de atención a la diversidad en Educación
Todos los actuales titulados tendrán la especialidad Secundaria.
de Primaria, hasta ahora en unos lugares se recono-
Desde ANPE nos sentimos satisfechos ya que hemos
cía y en otros no, (Título de Maestro (R.D. 1440/1991)
en cualquiera de sus especialidades. Los futuros logrado nuestro objetivo, que como sabéis es tener
Graduados en Educación Primaria también la ten- criterios homólogos en toda España, ya que uno de
nuestros principios es el mantenimiento de los cuer-
drán. (ANEXO DE TITULACIONES Y REQUISITOS)
pos estatales.
Los futuros Graduados en Educación Infantil, con esa
titulación solo tendrán la de Infantil. El resto las po- En este sentido siempre valoramos como positivo la
aparición de un Real Decreto con contenidos de ca-
drán adquirir por las vías contempladas en este Real
Decreto: rácter básico. Lo que hace falta es que el Ministerio
de Educación en su función de armonizar, cohesio-
• Por la superación del procedimiento selectivo de nar y vertebrar el sistema educativo en todo el
ingreso (oposiciones). Estado, lo haga cumplir. 9
DICIEMBRE 2011