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Entrevista a Pablo Iglesias Simón, director de

        la Real Escuela Superior de Arte Dramático

        (RESAD) y presidente de la Asociación

        Española de Centros Superiores de Enseñanzas

        Artísticas (ACESEA)                                                                                      19



                  ¿Qué cambios principales introduce esta Ley    menos que el universitario sino incluso mucho me-
                  respecto a la normativa anterior?              nos que el de enseñanza secundaria, ya que no tiene
                                                                 acceso a complementos como los que disfrutan en
                  Esta ley responde a una necesidad histórica en las en-  los institutos bilingües o de innovación tecnológica
                  señanzas artísticas superiores, que vivíamos a medio   (cuya remuneración es de 196,88 euros más al mes)
                  camino, en cuanto a nuestra normativa, entre las en-  o los del bachillerato de excelencia (que ganan hasta   ENSEÑANZAS AR TÍSTICAS
                  señanzas medias y las universitarias. Por primera vez   258,39 euros más mensuales). Creo que en las comu-
                  se establece un marco normativo integral que aspira,   nidades autónomas, sin necesidad de esperar a que
                  de una manera decidida, a equiparnos plenamente en   se implante esta ley, ya que tienen la capacidad para
                  derechos y reconocimiento con los estudios universita-  introducirlos hoy mismo, es urgente que se instaure
                  rios, al tiempo que se vela por las singularidades pro-  un complemento retributivo que reconozca la labor
                  pias de la educación artística. Nuestras titulaciones ya   desarrollada por el profesorado en los centros de en-
                  eran equivalentes a las universitarias desde la LOGSE   señanzas artísticas superiores. En lo que respecta a la
                  de 1990 pero era necesaria esta ley para, entre otros   horas de docencia, y vuelvo al ejemplo de la Comu-
                  muchos aspectos, abrir la puerta a que se incorporen   nidad de Madrid, nuestro profesorado puede llegar a
                  nuevas disciplinas, crear cuerpos específicos y diferen-  impartir hasta un máximo de 20 horas semanales de
                  ciados de profesorado para los centros superiores y   clase, frente al profesorado de la universidad que no
                  profesionales, potenciar la autonomía, actualización,   llega a las 12. ¡Casi la mitad de horas!
                  calidad y democratización de los centros, establecer
                  mecanismos de colaboración y estructuras intercen-  ¿Cuáles son los retos a corto plazo para ase-
                  tros como los campus de las artes, reconocer e impul-  gurar que esta Ley cumpla con sus objetivos?
                  sar la investigación y la creación que desarrollan nues-
                  tros claustros, avanzar en los derechos y favorecer la   Es necesario que, cuanto antes, el Ministerio de Educa-
                  igualdad de acceso a becas y convocatorias de nuestro   ción, Formación Profesional y Deportes haga público
                  estudiantado con respecto al universitario y un largo   el calendario normativo que tenemos por delante, ya
                  etcétera que podemos ir desgranando.           que hay muchos decretos que sacar para que la Ley se
                                                                 desarrolle y tenga un impacto real. Me consta que ya
                  ¿Qué cambios introduce la Ley para el profe-   están trabajando en ello y espero que en breve tenga-
                  sorado y cómo afecta a su clasificación y re-  mos noticias.  A la vez y a corto plazo, es imprescindi-
                  tribución?                                     ble que se asignen desde las comunidades autónomas
                                                                 de las que dependemos los recursos para implementar
                  La Ley introduce una estructura más clara y justa en
                  la clasificación del profesorado, diferenciando entre   la Ley, asegurándonos de que cada centro reciba el
                  los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñan-  apoyo necesario. Sin desarrollo normativo ni recursos
                  za artísticas superiores y los de enseñanza profesional.   la Ley de Enseñanzas Artísticas se quedaría en nada.
                  Esto va a permitir que los perfiles del profesorado se   ¿Qué consecuencias tendría para las ense-
                  adecúen al nivel que imparten y que se brinden posi-  ñanzas artísticas si esta Ley no se implemen-
                  bilidades de reconocimiento y promoción profesional.    ta adecuadamente?

                  En el caso de los catedráticos y profesores de ense-  Si la Ley no se implanta apropiadamente, corremos el
                  ñanzas artísticas superiores es vital que, con el desa-  riesgo de perder una oportunidad histórica para las
                  rrollo de la Ley que ahora vendrá, se equiparen sus   enseñanzas artísticas. Si no se hace bien, supondrá
                  niveles a los de los catedráticos (nivel 29) y profesores   un daño irreparable no solo para los centros y sus es-
                  titulares (nivel 27) de universidad y se sienten las ba-  tudiantes, profesorado y personal, sino, sobre todo,
                  ses para que desde las comunidades autónomas se   para el desarrollo artístico y cultural de nuestro país.
                  establezcan, sí o sí, unos complementos retributivos
                  y una carga docente acordes a la enseñanza superior   La entrevista completa la puedes leer en:
                  que se imparte. Por hablarte de algo que conozco
                  con datos concretos, en la Comunidad de Madrid            revista.anpe.es  ACCEDE A
                  actualmente el profesorado de los centros de ense-                       ENTREVISTA
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                  ñanzas artísticas superiores ya no es que solo gane
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