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AUTONOMÍAS



           Extremadura

         Aspectos más novedosos del nuevo Decreto de interinos

        Artículo 2. Ámbito y tipos de listas de espera.
        b) Listas supletorias, formadas por las personas
        participantes en el último proceso selectivo y
        no hayan superado la prueba determinada en
        el mismo, superen la prueba específica que se
        establezca. (A partir del curso escolar 2019/20)
        Artículo 3. Convocatoria de las listas de espera
           b) Valoración de méritos de los integrantes
              de listas ordinarias mediante la actuali-
              zación de méritos y una nueva barema-
              ción parcial de los mismos.

        Artículo 7. Zonificación de las listas. (En el
        curso escolar 2019/20)

        1. En la solicitud se indicará la zona o zonas
           en las que deseen participar. En caso de no
           indicar nada, participará en todas las zonas.
        2. La modificación de las zonas solicitadas se
           realizará de conformidad con lo siguiente:
           a) La zona o zonas solicitadas podrán ampliarse coincidiendo  pera de dicha especialidad, salvo que concurra con carácter
              con los meses de enero y junio de cada año. Las solicitadas  sobrevenido alguno de los supuestos justificativos recogidos
              en el mes de enero tendrán efecto en el vigente curso es-  en el siguiente apartado del presente artículo.
              colar y las efectuadas en el mes de junio en el siguiente
                                                                  Los supuestos justificativos a los que se refieren los dos apar-
              curso escolar.
                                                                  tados anteriores serán:
           b) La renuncia a una o varias zonas podrá realizarse en cual-
                                                               6. Los apirantes que no presenten la renuncia en los plazos in-
              quier momento del curso escolar.
                                                                  dicados en los apartados 2 y 3 o que no acrediten la concu-
        Artículo 14. Adjudicación de destinos.                    rrencia de alguno de los supuestos justificativos anteriormente
                                                                  enumerados, serán excluidos, exclusivamente, de la lista co-
        2. Las personas integrantes de las listas de espera que no parti-
                                                                  rrespondiente.
           cipen en el procedimiento de adjudicación de destino, pese a
           estar convocadas, no serán llamadas, durante ese curso esco-  Artículo 19. Medidas para la conciliación de la vida familiar y la-
           lar.                                                boral.
        3. Aquellas personas participantes que no hayan solicitado todos  1. En el caso de que las personas aspirantes no pudiesen incor-
           los centros de la zona o zonas elegidas previamente, pasarán  porarse a la plaza adjudicada por estar en situación de mater-
           a ocupar el último puesto de la lista de espera del cuerpo y es-  nidad, paternidad, adopción o acogimiento se añadirá a los
           pecialidad a la que pertenezcan durante ese curso escolar,  únicos efectos de los méritos de experiencia docente previa y
           siempre que una persona solicite situada por detrás de ella en  de realización de funciones consideradas como de difícil de-
           la lista de espera obtenga plaza en la zona o zonas solicitadas  sempeño, previstos, respectivamente, en el apartado I y en el
           (A partir del curso escolar 2020/2021)                 subapartado 3.5 del anexo del presente decreto, el periodo de
                                                                  tiempo comprendido desde que se realizó su llamamiento
        Artículo 15. Procedimiento de renuncia.
                                                                  hasta su efectiva toma de posesión. Asimismo se le reservará
           b) En un plazo no inferior a diez días hábiles a contar a partir  dicha plaza hasta su incorporación, sin perjuicio del límite
              del día siguiente al de publicación de la adjudicación con  temporal establecido en el artículo 16.
              carácter final en el caso de aquellas personas aspirantes
              que, en virtud de la misma, obtengan una plaza, siempre  Baremo de Méritos:
              que acrediten la concurrencia de alguno de los supuestos
                                                               La experiencia previa pasa a contar por días siendo acumulables.
              justificativos del apartado quinto de este artículo.
                                                               La realidad educativa extremeña se amplía a un punto.
        4. Una vez iniciado el curso escolar, la persona que renuncie a la
           plaza que esté desempeñando, será excluida de la lista de es-  Se tendrá en cuenta proyectos de investigación e innovación edu-
                                                               cativa.


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