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Asesoría Jurídica
El Tribunal Supremo ha venido declarando que, si bien la amistad La recusación es el ángulo inverso de la abstención, si se declara
íntima es de difícil probanza, y su prueba directa es prácticamente que la autoridad o personal al servicio de la Administración tiene
imposible, puede ser inducida indirectamente de las circunstan- la obligación de abstenerse cuando concurra causa legal para ello,
cias que se dan entre dos personas, al igual que la enemistad ma- es obvio que el interesado podrá exigir el cumplimiento de tal
nifiesta. (STS de 5 de noviembre de 1986 y STSJ de Asturias de obligación mediante el ejercicio del derecho de recusación y a ello
7 de noviembre de 1997). se dedica el art.24 de la LRJSP.
La dependencia jerárquica o las relaciones laborales existentes en- ¿Cuándo se puede promover la recusación? En cualquier mo-
tre un servidor público y un interesado no implica por sí sola mento de la tramitación del procedimiento.
amistad íntima.
¿Cómo? Se planteará por escrito en el que se expresarán la causa
La actuación de autoridades y personal al servicio de las o causas en que se funda.
Administraciones Públicas en los que concurran motivos de abs-
Plazos y resolución: al día siguiente el recusado manifestará a su
tención no implicará, necesariamente, y en todo caso, la invalidez
inmediato superior si se da o no en él la causa alegada. Si el su-
de los actos en que hayan intervenido. De hecho, la jurispruden- perior aprecia la concurrencia de la causa de recusación, acordará
cia está dividida sobre la validez o no de las actuaciones del fun-
su sustitución, si el recusado niega la causa de recusación, el su-
cionario en la decisión final adoptada y no hay reglas generales, perior resolverá en el plazo de tres días.
y hay que estar al supuesto concreto.
Recursos: Contra las resoluciones adoptadas en esta materia no
La no abstención en los casos en que concurra alguna de las men-
cabrá recurso, sin perjuicio de la posibilidad de alegar la recusa-
cionadas circunstancias dará lugar a la responsabilidad que pro- ción al interponer el recurso que proceda contra el acto que ponga
ceda, según el art. 7 g) del RD 33/1986 de 10 de enero lo tipifica fin al procedimiento.
como falta grave.
Postura del Tribunal Constitucional sobre la segregación por sexos
Vuelve a ser polémica según se ha publicado en los medios de comunicación la postura
mayoritaria del Tribunal Constitucional a favor de los centros educativos que segregan por sexos
considerando que es constitucional subvencionar con dinero público a estos centros.
Este debate sobre su constitucionalidad ya viene de lejos, y de he- Respetando y acatando el fallo del Tribunal Constitucional con-
cho es la Administración Educativa andaluza la que inició un pe- sideramos que la segregación no es el mejor camino para el desa-
riplo judicial hace ya años. A través del artículo 17 de la ley de rrollo integral del alumno. Las personas tanto hombres como mu-
Presupuestos del año 2013 se dio cobertura legal a este tema y así jeres vivimos en sociedad, trabajamos y nos relacionamos con per-
el sistema de conciertos se estableció como plenamente aplicable sonas de ambos sexos. La educación en mayúsculas se tiene que
a la financiación de todos los centros concertados incluidos los desenvolver en un marco donde además de enseñar a los alumnos
de educación diferenciada que escolarizan alumnos de un solo contenidos, se les debe enseñar y creemos que es necesario que
sexo, y ello, con independencia del modelo de agrupamiento de aprendan modelos conductuales diversos que tienen los niños y
alumnos que realicen los centros docentes en el ejercicio de sus niñas, porque saber convivir con personas de distinto sexo tam-
competencias. De esta manera se utilizó hasta la entrada en vigor bién es parte del aprendizaje de un alumno y consideramos más
de la LOMCE esta ley para garantizar la financiación pública de enriquecedor. No vivimos en cápsulas ni trabajamos aislados.
estos centros frente a los gobiernos autonómicos que, como el an-
Otras cuestiones planteadas también ante el Alto Tribunal entre
daluz, habían decidido poner fin a los conciertos. La LOMCE o
las más destacables está la asignatura de la alternativa a la religión
como algunos llaman ley Wert estableció que la segregación por
como asignatura obligatoria, la selección de alumnos para el tra-
sexos entra dentro del ámbito de la libertad de enseñanza, sin em-
zado de itinerarios académicos y la limitación del papel de los pa-
bargo otros opinan y por ello el motivo del recurso de inconsti- dres en los consejos escolares.
tucionalidad que vulnera el derecho a la educación de todos en
igualdad de condiciones.
Abril-mayo 2018 19