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Asesoría Jurídica
Factor de sostenibilidad,
¿Afectará a nuestra futura pensión?
Por Raquel García Blanco, asesora jurídica nacional de ANPE
y Francisco Padilla, presidente de ANPE Andalucía
Nuevos tiempos se avecinan a partir del 1 de enero del 2019 en el cálculo de las pensiones
públicas si nos atenemos a lo publicado en la ley 23/2013 (derogado su Capítulo I por el RDL
8/2015, de 30 de octubre), con la aplicación del “factor de sostenibilidad”.
Desde el 2013 hasta la fecha se ha venido aplicando el llamado La aplicación del factor de sostenibilidad afecta sólo a las pensio-
Índice de Revalorización de las Pensiones (IRP) que sustituyó al nes de Seguridad Social y no afecta, por ahora, a Clases Pasivas.
Índice de Precios al Consumo(IPC) para calcular todos los años
Para aquellos colectivos afectados por el factor de sostenibilidad,
la revalorización de las pensiones. De hecho, este año la revalori- sería aconsejable en cada caso planificar la fecha de jubilación para
zación de las pensiones públicas tanto de la Seguridad Social conseguir la mejor pensión, teniendo en cuenta circunstancias
como la de Clases Pasivas será del 0,25% según establece la ley como:
3/2017 de 27 de junio.
Una vez se tenga derecho a la cuantía máxima de la pensión, tra-
Recordemos que el factor de sostenibilidad (FS) es un índice que bajar más años puede suponer una minoración de la misma por
se define como un instrumento que con carácter automático per- la aplicación del FS.
mite vincular el importe de las pensiones de jubilación del sistema
Si no llegamos al 100% de la cuantía, por cada año que prorro-
de la Seguridad Social a la evolución de la esperanza de vida de guemos la vida laboral podemos conseguir un incremento anual
los pensionistas. Para ello a la pensión inicial que a cada uno le de la pensión.
corresponda por sus años de servicios o cotizados se aplicará una
Si prorrogamos la vida laboral a partir de la edad forzosa de ju-
fórmula matemática cuyo valor se calcula cada cinco años te-
bilación, podemos conseguir un porcentaje adicional anual que
niendo en cuenta la esperanza de vida a los sesenta y siete años,
va entre el 2% y el 4% en función del número de años cotizados.
obtenida según las tablas de mortalidad de la población pensio-
nista de jubilación del sistema de la Seguridad Social. Esto con- Por otra parte, las mujeres afectadas por el complemento de ma-
lleva a pensar que el valor final de la pensión vaya a ser menor ternidad que se jubilen de manera forzosa tendrían un comple-
mento entre el 5 y el 15%, por lo que habría que comparar estos
que el valor teórico inicial.
incrementos respecto al recorte que pueda suponerle por aplica-
El objetivo de este factor de sostenibilidad es mantener la pro- ción del FS.
porcionalidad entre las contribuciones al sistema y las prestaciones
Las pensiones reconocidas antes del 1 de enero de 2019 no se ve-
esperadas del mismo y garantizar su sostenibilidad y la percepción
rán afectadas por el FS y a aquellas que se les aplicase el FS con
de pensiones adecuadas y suficientes a las generaciones presentes posterioridad quedarían afectadas por el factor de sostenibilidad
y futuras. Se considera un instrumento de reequilibrio, de ajuste correspondiente a esa anualidad, sin que el importe de la pensión
automático de las mismas en función de la evolución de la espe- sea revisable por aplicación del factor de sostenibilidad de anua-
ranza de vida, hasta ahora inexistente. lidades siguientes.
CÁLCULO DEL FACTOR DE SOSTENIBILIDAD
FACTOR EJEMPLO 1 EJEMPLO 1 EJEMPLO 2 EJEMPLO 2 PÉRDIDA SOBRE
AÑO
SOSTENIBILIDAD CUANTÍA SIN FS CUANTÍA CON FS CUANTÍA SIN FS CUANTÍA CON FS VALOR INICIAL
2019 0,99 2285,90 2263,04 2586,58 2560,71 -1%
2020 0,99X0,99=0,98 2291,62 2245,78 2593,05 2541,19 -2%
2021 0,98X0,99=0,971 2297,34 2230,72 2599,53 2524,14 -2,9%
2022 0,971X0,99=0,961 2303,09 2213,27 2606,03 2504,39 -3,9%
2023 0,961X0,99=0,951 2308,85 2195,71 2612,54 2484,53 -4,9%
Enero-febrero 2018 17