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Asesoría Jurídica
670/1987, de 30 de abril, y que esta nueva normativa nos informe sobre el tema, para que podamos saber
debería de estar prevista con publicación y entrada con la suficiente antelación si:
en vigor al menos con cuatro meses antes del 1 de
• Se va a prorrogar para el 2013 la actual
enero de 2013, para que no vulnere el principio de
seguridad jurídica del Art. 9.3 Constitución Española. normativa en vigor que se recoge en el
En este mismo documento de propuesta, se indicaba Art. 28.2 b) del Texto Refundido de la Ley
que se tramitaría un anteproyecto de ley de medi- de Clases Pasivas.
das armonizadoras del Régimen de Clases Pasivas, es- • O, si se va a tramitar, un Régimen transi-
tableciéndose un Régimen transitorio para los fun- torio para los funcionarios del Régimen de
cionarios pertenecientes al Régimen de Clases Clases Pasivas como se ha comentado an-
Pasivas, invocando que hasta el 31 de diciembre de teriormente
2021, sin aplicación del coeficiente reductor, el inte-
• O, si por el contrario, se está tramitando
resado pudiera anticipar la jubilación.
otro tipo de normativa que regule la jubi-
Al no tener conocimiento a fecha de publicación de lación voluntaria.
la revista de cual es la intención del actual del go-
bierno al respecto, desde ANPE Nacional se ha solici- Esperamos que lo antes posible podamos dar res-
tado al Director General de Costes de Personal y puesta a la multitud de dudas que nuestros afilia-
Pensiones Públicas que con la mayor urgencia posible dos nos plantean sobre esta cuestión.
NOVEDADES JURÍDICAS
Modificaciones de los artículos 48 y 50 de la Ley 7/2007, de 12 de abril,
Estatuto Básico del Empleado Público y de la Prestación
El RDL 20/2012, de 13 de julio de medidas para ga- • La novedad del articulado es la suspensión y se
rantizar la estabilidad presupuestaria y fomento de queda sin efecto los Acuerdos, Pactos y Convenios
la competitividad ha dado otra vuelta de tuerca en para el personal funcionario y laboral, suscritos
la reducción de nuestros derechos. Un ejemplo de por las Administraciones Públicas y sus Organismos
ello son: las modificaciones de los artículos 48 y 50 y Entidades, vinculados o dependientes de las mis-
del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) y mas que no se ajusten a lo previsto en dicho artí-
de la prestación económica en la situación de inca- culo, en particular en lo relativo al permiso por
pacidad temporal del personal al servicio de las asuntos particulares, vacaciones y días adicionales
Administraciones Públicas. a los de libre disposición o de similar naturaleza.
En relación al artículo 48 que regula los permisos de
los funcionarios públicos se introducen las siguien- A) Funcionarios pertenecientes al Régimen
tes modificaciones: General de la Seguridad Social y personal laboral
• Se reducen los días por asuntos particulares de 6 Complemento retributivo a las prestaciones econó-
a 3 días. micas por Incapacidad Temporal (IT):
• Se incluye el permiso por matrimonio de 15 días
IT por contingencias comunes:
en este precepto legal que antes no se contem-
plaba. • Los 3 primeros días: hasta el 50% de las retribu-
• Se deroga el apartado 2 del mencionado artículo ciones.
donde se contemplaba el derecho al disfrute de • Del 4 al 20 día: hasta el 75% de las retribuciones.
dos días adicionales ( además de los días de libre • Del 21 al 90 día: podrá reconocerse la totalidad
disposición establecidos por cada Administración de las retribuciones básicas, de prestación por hijo
Pública) al cumplir el sexto trienio, incrementán- a cargo, en su caso, y de las retribuciones com-
dose en un día adicional por cada trienio cum- plementarias.
plido a partir del octavo. IT por contingencias profesionales:
En relación al artículo 50 que regula las vacaciones • La prestación reconocida por la Seguridad Social
de los funcionarios públicos: podrá ser completada hasta alcanzar el 100% de
las retribuciones desde el primer día.
• Se sigue manteniendo el disfrute de 22 días há-
biles por año natural, no considerando hábiles los (Estos complementos los podrá establecer cada Admi-
sábados. nistración Pública en el ámbito de sus competencias)
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