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El Real Decreto también clarifica la naturaleza de algu- pectora. En cuanto a garantías, fija un mínimo común
nas herramientas clave. La visita se configura expresa- básico: reconocimiento efectivo de la condición de
mente como técnica de actuación –no como atribu- autoridad pública como fuente de protección jurídica,
ción autónoma–, lo que remite a las administraciones obligación de las administraciones educativas de ga-
educativas la concreción de su regulación, pero dentro rantizar la seguridad y salud en el trabajo, dotación de
de un marco común de planificación, coordinación, se- recursos técnicos adecuados, acceso a asesoramiento
guimiento y registro. Los requerimientos se distinguen jurídico específico y derecho a compensación económi-
nítidamente de las instrucciones jerárquicas: no son ór- ca por perjuicios derivados del ejercicio de la función.
18 denes de un superior a un subordinado, sino exigencias
dirigidas a centros y responsables autónomos para que Por otro lado, el sistema de acceso al cuerpo de ins-
pectores de educación ha sido modificado, al margen
ajusten su actuación a la legalidad, sin invadir sus com-
INFORMACIÓN PROFESIONAL mes y de la presunción de veracidad. El Decreto reco- breve por escrito sobre todo el temario, en vez del de-
de la futura modificación de los temarios, la prueba
petencias propias.
del temario de la parte A, la que tiene carácter esta-
Especial importancia tiene el tratamiento de los infor-
tal, constará de entre 20 y 30 cuestiones de respuesta
sarrollo por escrito de uno de los temas de esa parte
noce expresamente el valor probatorio y la presunción
A. Las otras dos pruebas, exposición oral de un tema
de veracidad de informes y actas de inspección res-
de la parte B y resolución de una prueba práctica por
pecto de los hechos constatados, en línea con la Ley
escrito no sufren variación. La prueba práctica deberá
39/2015, pero subraya que se trata de una presunción
ser leída ante el tribunal, y tanto esta como la relativa a
limitada y compatible con el derecho de defensa. A la
vez, opta por establecer como regla general que los
la parte B del temario podrán contar con preguntas por
informes sean no vinculantes, lo que mantiene a la
inspección en el papel de “voz cualificada” sin capa-
En definitiva, el Real Decreto 68/2026 ofrece un marco
cidad decisoria directa, y genera cierta tensión entre
más preciso y denso para la inspección, con algunas
la amplitud de sus funciones (garantía del derecho a la parte del tribunal.
educación, cumplimiento de la normativa, evaluación mejoras sustantivas en materia de evaluación, análisis
docente y directiva) y la debilidad formal de su principal de resultados, disciplina de la cláusula abierta de fun-
ciones, límites frente a la autonomía de los centros, cla-
instrumento de actuación.
rificación de técnicas de actuación y refuerzo de garan-
El texto avanza también en el terreno de principios y tías profesionales. Sin embargo, el modelo institucional
garantías profesionales. Reitera los principios ya recogi- de fondo apenas se altera: la inspección sigue configu-
dos en la LOE (respeto a derechos fundamentales, pro- rada como órgano técnico de supervisión, evaluación y
fesionalidad, imparcialidad, eficiencia y transparencia), asesoramiento, integrado en la jerarquía administrati-
pero añade la referencia al código de conducta del Es- va, cuya influencia efectiva dependerá en gran medida
tatuto Básico del Empleado Público y al interés superior de la cultura institucional y de las decisiones políticas
del menor como criterio orientador de la actuación ins- de cada administración educativa.
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