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        Se dilata el proceso de devolución del IRPF

        a los jubilados que cotizaron a la Mutualidad

        Nacional de Enseñanza Primaria

                                                                                                                 11

               Hacienda exige a los       Hacienda ha comenzado a devolver   normas se determina la naturaleza de
                                          lo pagado de más por los contribu-  la MNEP como una institución de pre-
         mutualistas documentación

                                          yentes en el IRPF. Sin embargo, en el   visión social y se establece la filiación
                    que ni la propia      caso de los jubilados que cotizaron a   obligatoria a ella de los maestros
            Administración conserva       la Mutualidad Nacional de Enseñanza   de Educación Primaria.
          para probar una evidencia       Primaria (MNEP) no está teniendo   Al ser obligatoria la afi liación, bas-  ASESORÍA JURÍDICA
                                          en cuenta las cotizaciones anteriores   ta con probar que se trabajó en los
                                          a 1978. A partir de ese año, con la   periodos correspondientes para que
                                          integración de la MNEP en el Fondo   resulte más que acreditado que se
                                          Especial de MUFACE, los maestros   realizaron las aportaciones a dicha
                                          tuvieron la posibilidad de seguir   mutualidad, por cuanto eran obli-
                                          cotizando, voluntariamente, al Fondo   gatorias y deducidas directamente
                                          Especial. Los que lo hicieron cobran   de las retribuciones del maestro.
                                          actualmente una prestación que pro-
                                          viene de estas aportaciones; el resto   A la luz de nuestra Carta Magna y
                                          de jubilados no la cobra.         de su artículo 24, con una simple
                                                                            hoja de servicios debería ser su-
                                          Hacienda, por tanto, solo está te-  ficiente para tener por probadas

                                          niendo en cuenta las cotizaciones al   las cotizaciones a la Mutualidad
                                          Fondo Especial posteriores a 1978 y,   Nacional.
                                          como consecuencia, está devolviendo
                                          cantidades irrisorias o denegando la   El proceder de la Administración en
                                          devolución si no se cotizó con pos-  este caso no puede sostenerse ante
                                          terioridad al 1978, alegando que no   los tribunales, porque supondría aten-
                                          queda acreditada la anterior cotiza-  tar contra los derechos fundamentales
                                          ción a la Mutualidad Nacional de En-  de nuestro ordenamiento, por vulne-
                                          señanza Primaria, pues MUFACE ase-  rar el artículo 24 de la Constitución
                                          gura no conservar la documentación   Española, que reconoce el derecho a
                                          relativa a las aportaciones realizadas a   un proceso con todos los medios de
                                          la MNEP antes de su integración en la   prueba, a no sufrir indefensión y a
                                          propia MUFACE.                    contar con todas las garantías.
                                          Parece que la intención de la Agen-  Una manifestación de este derecho es
                                          cia Tributaria es dilatar el proceso   poder utilizar los medios de prueba
                                          pidiendo lo que se conoce en derecho   pertinentes para la defensa y que no
                                          como una prueba diabólica, es decir,   se exijan documentos que debería
                                          exigiendo a los pensionistas que acre-  tener la Administración o que no
                                          diten fi dedigna y completamente sus   sean necesarios al tratarse de hechos
                                          cotizaciones de hace más de 50 años,   notorios que no necesitan prueba
                                          cuando ni siquiera el Estado conserva   específi ca.
                                          dichas cotizaciones, algo que es con-  Según la sentencia del Tribunal Cons-
                                          trario a nuestra Constitución.    titucional (TC) 143/1987, de 23 de
                                          Pero lo más grave es que basta con   septiembre, «el hecho notorio o de in-
                                          examinar las normas que regulaban la   contestable evidencia, no necesita de
                                          afi liación y las cotizaciones a aquella   alegación o prueba». Ningún tribunal
                                          mutualidad para comprobar que la   exigirá una prueba imposible para un
                                          prueba más clara y evidente de dichas   hecho notorio, que por su evidencia
                                          cotizaciones y afi liación resultan de   queda dispensado de ser probado en
                                          dicha normativa, puesto que era   juicio.
                                          imposible ejercer como maestro sin   Si la Administración sigue esta línea se
                                          pertenecer a la Mutualidad Nacio-  verá perjudicada por las consecuentes
                                          nal de Enseñanza Primaria. En esas   condenas judiciales.
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