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AUTONOMÍAS



           Andalucía

        Acuerdo para la mejora de la calidad del empleo público:
        efectos sobre el profesorado andaluz


         El pasado 20 de julio, se publicó en el BOJA el Acuerdo de 17 de julio de 2018, del Consejo de Gobierno de la Junta de
         Andalucía, para la mejora de la calidad del empleo público y de las condiciones de trabajo del personal del sector público
         andaluz.

        El mencionado acuerdo del Consejo de Gobierno, en vigor desde  OFERTAS DE EMPLEO
        el día posterior a su publicación en el BOJA, determina la apli-  • Oferta de empleo público para 2018, superior al 100% de la
        cación de las medidas recogidas en el Acuerdo Marco de la Mesa  tasa de reposición.
        General, con efectos retroactivos desde la fecha del mismo, sin
        perjuicio de la elaboración de las instrucciones que establecerán  • Agotamiento de las posibilidades máximas de oferta de plazas
        los criterios de aplicación en los respectivos ámbitos del sector  para estabilización de empleo temporal.
        público andaluz.
                                                               JORNADA LABORAL Y LECTIVA
        Por lo que se refiere al sector educativo y su profesorado, nos afec-
        tan directamente una serie de medidas, en distintas materias:  • Vuelta a la jornada laboral de 35 horas semanales y 18 horas
                                                                 lectivas (salvo en Educación Infantil, Primaria y Especial), an-
                                                                 terior a 2012 (en la que las guardias no tienen carácter lectivo).
        RETRIBUCIONES
        • Incremento, con efectos de 1 de enero de 2018 y conforme a  CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y
           lo establecido en los Presupuestos Generales del Estado, en un  LABORAL
           1,50% y de un0,25% adicional a partir del mes de julio.
                                                               • Ampliación progresiva del permiso de paternidad hasta las
        • Establecimiento, conforme al artículo 18.2 de los Presupuestos  veinte semanas, con la siguiente secuenciación: 2018, diez se-
           Generales del Estado, de un calendario de dotación de fondos  manas; 2019, quince semanas; 2020, veinte semanas.
           adicionales a la masa salarial, mediante el desarrollo del com-
                                                               • Negociación, en el ámbito sectorial, del establecimiento de una
           plemento específico, hasta una cantidad equivalente al 1,35%
           de dicha masa salarial, entre los años 2018 y 2021.   bolsa de horas de libre disposición y adaptaciones de jornada
                                                                 para cuidado de familiares y necesidades de conciliación, así
        • Percepción de retribuciones completas en situaciones de inca-  como de una reducción de jornada por recuperación de enfer-
           pacidad temporal por enfermedad o accidente, así como en los
                                                                 medad o accidente.
           días de ausencia justificada por dichas causas que no den lugar
           a incapacidad temporal, tal y como sucedía antes de 2012.
                                                               ACCIÓN SOCIAL
        • Posibilidad de abordaje, en la Comisión de Seguimiento del
           Acuerdo, de la restitución de las cantidades dejadas de percibir  • Fijación de un calendario para la recuperación progresiva de
                                                                 las ayudas de acción social, suspendidas desde 2012.
           de las pagasextraordinarias de los años 2013 y 2014.


































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