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Acción Sindical Estado



       MURCIA

       ANPE, Sindicato Independiente, en desarrollo de la Campaña de Equiparación Salarial
       para todo el profesorado del Estado Español, ha trasladado nuestras reivindicaciones en
       este sentido a Adela Martínez-Cacha, Consejera de Educación, Juventud y Deportes, en
       la Región de Murcia. Le hemos manifestado la necesidad de equiparar las retribuciones
       de los docentes murcianos con los de las Comunidad Autónomas que mayor salario per-
       ciben, desarrollando el mismo trabajo. El poder adquisitivo perdido durante los últimos
       años de crisis económica y recortes en Educación hace necesario revisar, por la vía del
       dialogo y la negociación las nóminas del profesorado de la Región de Murcia, para re-
       cuperar derechos que entendemos nos corresponden y para situar a la educación mur-
       ciana y a su profesorado en el lugar que merece.
       El 26 de junio ha tenido lugar la primera reunión de toma de contacto con la Consejera
       de Educación para valorar la situación del profesorado y diseñar un calendario de ne-
       gociación que permita la necesaria equiparación y recuperación de los derechos econó-
                                                                               Consejera de Educación, Adela Martínez-Cacha,
       micos perdidos durante todos los años de crisis sufridos por la educación murciana y
                                                                               Clemente Hernández, Presidente de ANPE-Murcia.
       sus docentes. Desde ANPE seguiremos luchado para alcanzar acuerdos que culminen
       en la recuperación y mejora de los derechos e intereses del profesorado de la Región de
       Murcia.


       ANPE celebra que la abogada general del TUE avale la validez del

       acuerdo ANPE-MECD de 1994 sobre los nombramientos del

       profesorado interino en los meses de verano

       La abogada general señala, entre otros argumentos, que el cese de los funcionarios interinos al
       comienzo de las vacaciones de verano contraviene el acuerdo, de 10 de marzo de 1994, alcanzado
       entre la Dirección General de Personal y Servicios del Ministerio español de Educación y Ciencia y el
       sindicato ANPE.

       Ante las tres cuestiones prejudiciales planteadas por el TSJ de  junio hubieran prestado servicios durante al menos cinco meses
       Castilla- La Mancha al Tribunal de la Unión Europea, todas ellas  y medio.
       relacionadas con los ceses del profesorado interino en los meses  En cambio, según la abogada general, la Ley 5/2012, de 12 de
       de verano desde el curso 2011/2012 en Castilla La Mancha, la
                                                             julio, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de
       abogada general del TUE propone al Tribunal de Justicia de
                                                             Castilla-La Mancha para 2012, “pretende eludir dicho acuerdo,
       Luxemburgo que, en su futura sentencia, declare opuesto al de-  compensando simplemente a los funcionarios interinos en el mo-
       recho de la Unión Europea a la “práctica nacional conforme a la  mento de su cese, de forma proporcional, por un máximo de vein-
       cual los docentes nombrados en calidad de funcionarios interinos,
                                                             tidós días de vacaciones, en lugar de permitirles que sigan perci-
       en el sentido del Derecho español, para todo un curso escolar son
                                                             biendo su sueldo durante el período sin docencia”.
       cesados al finalizar el período lectivo, mientras que la relación de
       servicio de los trabajadores fijos comparables a estos efectos se  ANPE, como único firmante de dicho Acuerdo, ha venido de-
       mantiene, no quedando tampoco en suspenso”.           nunciando en todos los foros, incluido en los tribunales, la vigen-
                                                             cia de nuestro Acuerdo de 1994 para el cobro de los meses de ve-
       Considera, por varias razones, que la finalización del período lec-  rano por parte del profesorado interino con más de cinco meses
       tivo no puede suponer una razón objetiva para el trato desfavo-  y medio de nombramiento a 30 de junio. Tras varios años lu-
       rable sufrido por los funcionarios interinos. La abogada general  chando por recuperar dicho Acuerdo, celebramos que se abra una
       señala además que la práctica española adolece de falta de trans-  vía esperanzadora tras conocer las conclusiones de la Abogada
       parencia en un doble sentido: por una parte, el cese de los fun-  General del TUE.
       cionarios interinos al comienzo de las vacaciones de verano con-
       traviene un acuerdo de 10 de marzo de 1994, alcanzado entre la  ANPE espera que la sentencia que emita el Tribunal de Justicia
       Dirección General de Personal y Servicios del Ministerio español  de  Luxemburgo  confirme  y  ratifique  las  conclusiones  de  la
                                                             Abogada General del TUE, lo que tendría una gran importancia
       de Educación y Ciencia y el sindicato ANPE, y aplicable también
                                                             y relevancia para el profesorado interinos de toda España al dar
       en la Junta de Comunidades de Castilla–La Mancha.
                                                             validez al Acuerdo de ANPE-MECD de 1994 sobre el nombra-
       El referido acuerdo establecía que los funcionarios interinos de-  miento del profesorado interino en los meses de verano y que ve-
       bían ser mantenidos en sus puestos durante el verano si a 30 de  nía siendo de aplicación en muchas Comunidades Autónomas.

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