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AUTONOMÍAS



           Extremadura

         ANPE Extremadura vuelve a solicitar la derogación del Decreto 122/2012 para que a los interinos
         se les reconozca el verano con un mínimo de 165 días trabajados durante el curso escolar


         Ante el acuerdo alcanzado en la Comisión de Educación en Madrid, en relación a una propuesta no de ley presentada por
         el grupo socialista para que los interinos cobren el verano, desde ANPE Extremadura recordamos a la Administración
         Educativa que, a finales del año 2015, presentamos más de 1.300 firmas solicitando la derogación del Decreto 122/2012,
         que establece el reconocimiento tanto económica como administrativamente de los meses de julio y agosto para los interinos
         que hayan trabajado un mínimo de 280 días durante el curso escolar.


        ANPE Extremadura solicita volver a la                                      aplicación del artículo 16.2 del Decreto
        situación que se tenía antes de los re-                                    98/2007, de 22 de mayo, por el que se
        cortes de 2012, en la que para que el re-                                  regula la provisión interina de puestos
        conocimiento del verano se hiciera efec-                                   de trabajo de personal docente no uni-
        tivo, el tiempo mínimo trabajado du-                                       versitario de la Comunidad Autónoma
        rante el curso escolar sería de 165 días.                                  de Extremadura y que viene siendo de
        A día de hoy no hemos recibido res-                                        aplicación a todos los participantes tanto
        puesta por parte de la Administración y                                    de nuevo ingreso como de actualización
        entendemos  que  debería  debatirse  y                                     de méritos desde el año 2009.
        aprobarse en Mesa Técnica y/o Sectorial
                                                                                   Desde  ANPE  Extremadura,  hemos
        a la mayor brevedad posible.
                                                                                   constatado que la Adminis tración, desde
        Por otra parte, tras la publicación de la                                  entonces, ha interpretado que el oposi-
        Resolución de 28 de enero de 2016 de                                       tor puede traerse la nota obtenida en
        la Dirección General de Personal Do -                                      otras comunidades cuando pretende in-
        cen te, por la que se convoca procedi-                                     tegrarse por primera vez en las listas de
        miento para la integración por primera                                     interinos de Extremadura. Sin embargo,
        vez en listas de espera del Cuerpo de                                      la norma en ningún caso establece dicha
        Maestros y para la actualización de los  El presidente de ANPE Extremadura, Antonio Vera  posibilidad,  reconociéndola  única-
        méritos de quienes ya forman parte de  junto a Fran Valencia, compañero de ANPE Cáceres  mente en la actualización de méritos.
        las mismas y una vez iniciado el pe-
                                                                                   Desconocemos quién, y bajo qué crite-
        riodo de entrega de instancias, desde ANPE Extremadura se ob-
                                                               rio, ha adoptado esta interpretación de la norma, hecho no con-
        serva que un gran número de participantes pertenecientes a lis-  templado en ninguna comunidad autónoma. Por ello exigimos,
        tas de espera de otras Comunidades Autónomas nos piden con-
                                                               que el requisito para incorporar la nota obtenida en otra comu-
        firmación sobre la posibilidad de que le sea tenida en cuenta la  nidad sea a partir de haber aprobado en Extremadura, y sólo
        mejor nota obtenida en los procesos selectivos de su Comunidad
                                                               cuando a partir de esa fecha se haya optado por la convocatoria
        de origen.
                                                               en alguna otra comunidad. Si dicha particularidad no se aplica
        Ante la gran cantidad de consultas en el mismo sentido, y pues-  en  las  próximas  conformaciones  de  listas,  será  la  propia
        tos en contacto con la Administración Educativa, nos informan  Administración la que nos obligue a trasladar el caso vía conten-
        que es cierto lo indicado anteriormente por los aspirantes, en  cioso.


























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