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Autonomías


       su complicada edad y en muchos casos la desmotivación pueden  manera general la convivencia en los centros educativos galle-
       justificar igualmente que se abran más expedientes en esa etapa  gos goza de un buen estado de salud.
       que en otras de enseñanzas postobligatorias como el bachillerato  De  todas  maneras,  la  ya  aprobada  Ley  de  Convivencia  y
       o la formación profesional.
                                                             Participación debe reforzar todavía más la consideración y el res-
       Destacar también que el mayor número de casos se producen pro-  peto hacia el profesorado que es el pilar fundamental de todo el
       porcionalmente en las provincias de A Coruña y Pontevedra. El  sistema educativo; debe reconocer institucionalmente su labor
       entorno de las grandes ciudades industriales como A Coruña,  mediante una protección especial y transmitir a toda la sociedad
       Vigo, Pontevedra, Ferrol donde hay más desestructuración fami-  gallega la relevancia de nuestra función docente. En esta línea,
       liar presentan números más elevados que las zonas rurales predo-  desde ANPE Galicia esperamos que el recientemente creado
       minantes en las provincias de Lugo y Ourense donde los valores  Consello Galego da Convivencia Escolar sea un instrumento útil
       familiares tradiciones se encuentran más arraigados.  de cara a mejorar el clima en el que los y las docentes gallegos de-
                                                             sarrollan su trabajo.
       Con todo, los números son similares a los de años anteriores
       y no suponen ningún signo de alerta y manifiestan que, de






         La Rioja

       Propuesta sobre listas y provisión de puestos de interinidad en La Rioja


       El pasado 4 de noviembre mantuvimos una reunión con el Consejero y Director general de Educación para tratar diversos
       temas, entre ellos la convocatoria de Oposiciones en el Cuerpo de Maestros para 2016, que se anuncia en otras páginas de la
       revista, y la consiguiente separación de listas por especialidades en este Cuerpo al convocarse por primera vez la especialidad
       de Primaria, que conlleva, a su vez, la reforma parcial o completa de la Orden que regula la provisión de puestos de
       interinos en La Rioja.


       Ambos temas deberán ser negociados y resueltos antes de la con-  gencia,  exige  una  actualización  o  redacción  de  una  nueva.
       vocatoria del próximo proceso selectivo.              Partiendo de lo aprovechable de la actual, la orden modificada o
                                                             nueva pasaría por los siguientes puntos:
       En cuanto a la primera cuestión, listas por especialidades en el
       Cuerpo de Maestros, dado que ahora existe una Lista General que  1. Confección de listas: Mantenimiento de los Bloques porque pa-
       sirve para colocar a los interinos maestros por su especialidad y  recen asumidos a pesar de las reticencias lógicas iniciales.
       por Primaria, la irrupción de esta especialidad en el proceso se-
                                                             2. Llamamientos: Ofrecer garantías en el proceso telemático,
       lectivo requiere un nuevo planteamiento de listas por especiali-  como la subsanación de la solicitud, con posibilidad de servi-
       dades similar a las que existen en el resto de Cuerpos.
                                                                cio técnico de 24 horas todos los días laborables y envío soli-
       La propuesta de ANPE-RIOJA pasa porque a 30-6-2016, con  citud, en llamamientos con plazo de solicitud de 24 horas,
       ocasión de la actualización de listas, se confeccionen tantas listas  por registro ordinario y fax inmediato cuando el servicio téc-
       como especialidades del Cuerpo de Maestros, figurando en cada  nico no resuelva imposibilidad de enviar correctamente la so-
       una los habilitados hasta dicha fecha por cada especialidad y en  licitud. Además, en todos los llamamientos, envío de email a
       el mismo orden actual, incluyendo en la de Primaria a todos los  todos los convocados.
       integrantes de la Lista General actual y en el mismo orden. Dada  3. Convocatorias extraordinarias: Habilitación para pruebas de
       la excepcionalidad de la medida, se debería dar, además de plazo  tribunales ajenos al departamento en enseñanzas especiales o
       para reclamaciones, plazo de renuncia para figurar en dichas lis-  de fuera de la Comunidad.
       tas por especialidades. Además, dado que existe proceso selectivo,
                                                             4. Renuncias: Los casos de renuncias justificadas que lleven apa-
       que conlleva rebaremación de listas, éstas se deberían incremen-
                                                                rejado pasar al último lugar del Bloque, cambiarlo por per-
       tar con los aspirantes habilitados con titulación, que pudieran for-
                                                                manecer en el mismo lugar, considerando excesivo la penali-
       mular una o varias solicitudes al proceso selectivo, más aquellos
                                                                zación que conlleva renunciar en los de sustituciones a las jor-
       no habilitados que hubieran obtenido una nota igual o superior
                                                                nadas de tiempo parcial, así como que haya criterios unifor-
       a cinco en anteriores procesos selectivos convocados por La Rioja
                                                                mes en las circunstancias excepcionales.
       o acrediten una experiencia docente de al menos dos cursos en
       centros de la Rioja.                                  5. Exclusión listas: Conllevará sólo de la lista en que ha sido con-
                                                                vocado, no en todas en las que se forma parte.
       Con respecto a la segunda cuestión, la reforma parcial o total de
       la Orden 10/2006, de 4 de abril, que regula la provisión de pues-  6. Baremo: Actualizarlo, unificando criterios, en lo que se pueda,
       tos en interinidad, dicha Orden, que tiene ya casi 10 años de vi-  con el Baremo del proceso selectivo.

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