Page 60 - anpe_562
P. 60
AUTONOMÍAS
Comunidad Valenciana
Regulación retribuciones en caso de baja laboral (IT)
ENFERMEDAD 1 º -3 º día baja 4 º -20 día baja A partir 21 º día baja
Cobro del 50% Cobro del 75% Cobro del 100%
Enfermedad común
sueldo sueldo sueldo
EXCEPCIONES :
1. Enfermedad común durante embarazo aunque no suponga riesgo durante el mismo.
2. Infecto-contagiosas que den lugar a medidas de la LO 3/1986 o que prescriba aisalmiento
3. Trastornos diagnosticados por psiquiatría: trastorno de la conducta alimentaria, trastorno de la con- Cobro del 100%
ducta grave, trastorno depresivo mayor, trastorno psicótico y trastorno esquizo-afectivo. Los supuestos sueldo
de trastorno de la conducta grave serán los establecidos en los grupos de códigos CIE-9-MC que se de-
terminen en la normativa de desarrollo.
4. Situaciones de violencia de género
Hospitalización incluida domiciliaria y hospital de
día por actividades asistenciales comprendidas en Cobro del 100% Cobro del 100% Cobro del 100%
la Cartera Común Básica de Servicios Asistenciales sueldo sueldo sueldo
del Sistema Nacional de Salud.
Intervención quirúrgica por actividades asistencia-
les comprendidas en la Cartera Común Básica de Cobro del 100% Cobro del 100% Cobro del 100%
Servicios Asistenciales del Sistema Nacional de sueldo sueldo sueldo
Salud.
Enfermedad o accidente laboral y riesgo laboral Cobro del 100% Cobro del 100% Cobro del 100%
durante embarazo. sueldo sueldo sueldo
(*) Ley 5/2013 de medidas fiscales (DOCV 7181)
Todas las personas que se han encontrado en alguna situación de IT de alguno de los motivos descritos en esta tabla desde el 1-10-
2012, pueden solicitar el abono de las retribuciones que les retuvieron.
ANPE logra el reconocimiento de los dos últimos años trabajados a efectos de sexenios
que había sido anulado
Todos los sindicatos salvo el STEPV, firman un acuerdo para derogar el Decreto.
El Decreto vigente desde el 1 de marzo de 2012, nos hizo per- El escenario para los Docentes queda así:
der a los docentes funcionarios de carrera el 50 % de los sexe- 1) Derogación del Decreto el 31 de Diciembre de 2.013, en lu-
nios y el no reconocimiento de los nuevos, así como la pérdida gar de ser prorrogado.
del cobro de verano a los funcionarios interinos docentes. El 31 2) Cobro del 75% de los sexenios para el año 2014.
de diciembre de 2013 y sin un acuerdo firmado, el escenario era 3) Cobro del 100% de los sexenios a partir del 1 de enero de
el siguiente: 2015.
1) Los dos años de vigencia de este decreto y sólo para los do- 4) Cobro de los meses julio y agosto del 2014 para el personal
centes (no para el resto de funcionarios de otros sectores), docente interino con vacante desde el inicio de curso.
no se recuperaban a efectos de tiempo para computar un 5) Recuperación del reconocimiento de los dos últimos cursos
nuevo sexenio. El Decreto de recortes nos había suprimido, para sexenios. El Decreto Vela nos “anulaba” para siempre esos
a efecto de reconocimiento para sexenios, los dos últimos dos años de servicios, como si no hubiesen existido. El reco-
años trabajados. nocimiento de los dos últimos años trabajados se ha conse-
2) Los interinos aún no cobrarían en 2014 los meses de julio y guido gracias a que ésta era una exigencia fundamental de
agosto. ANPE reconocida y admitida por la propia Administración
Ante la amenaza de la prórroga durante 2.014 de este Decreto de de Hacienda y a la que habíamos condicionado nuestra firma.
recortes impuesto, nos movilizamos y gracias a la colaboración y Al haber sido por fin “tumbado” el Decreto, ya se pueden presen-
participación de los docentes en dichas movilizaciones, se logró tar las solicitudes de reconocimiento de sexenios, aunque el reco-
un Acuerdo. nocimiento de éstos comenzará a gestionarse en Julio de 2014.
60 / ANPE 562