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AUTONOMÍAS




       en otras comunidades autónomas, donde las condi-
       ciones de acceso a las plazas de profesorado interino
       son más equilibradas, más flexibles y ocasionan me-
       nos perjuicios a aquellos profesores que han demos-
       trado su valía al haber trabajado en años anteriores
       con rendimiento plenamente satisfactorio y para
       quienes han aprobado la oposición sin plaza en con-
       vocatorias anteriores. Manifestamos nuestro rechazo
       a la citada norma y pedimos su paralización, así como
       la apertura urgente de dicha negociación, al tiempo
       que anunciamos que hemos recurrido el citado de-
       creto ante los tribunales de justicia.



       CENTROS DE EDUCACIÓN ESPECIAL

       ANPE-MADRID PROPONE A LA ADMINISTRACIÓN MEDIDAS
       PARA MEJORAR LA CALIDAD EDUCATIVA
       Los CEE son centros educativos que en muchos casos carecen de los recursos necesarios para ha-
       cer frente a los problemas mentales graves que presentan determinados alumnos. En muchas oca-
       siones, los profesores deben tratar con un alumnado que se caracteriza por tener dificultades so-
       cioemocionales y comportamentales.
       Es fundamental separar los problemas de conducta   que provoca una alteración en la rutina y los há-
       del desajuste mental. Al ser centros educativos, no  bitos de los alumnos.
       cuentan ni con los recursos para hacer frente a los
                                                       • La existencia de un PT de apoyo (con horario de
       problemas mentales graves ni con los medios para
       poner retención a las conductas patológicas que pue-  apoyo en el aula) y que, en el caso de bajas, sea
       dan presentar este tipo de alumnos. Por otra parte,  ese PT quien asuma el aula.
       el profesorado de estos centros se enfrenta a un pro-  • Que este tipo de centros tenga también la opción
       blema añadido y es cómo abordar la Orden de eva-   de poder acogerse al cambio de jornada (jornada
       luación 18/2013 de 9 de enero, en la que se pretende  continua).
       escolarizar a los alumnos por edades, sin tener en
       cuenta sus discapacidades. Esto dificulta considera-  • Plantearse que estos centros sean considerados
       blemente la organización de los centros.           como centros de difícil desempeño debido a las
                                                          características de su alumnado y puedan acogerse
       ANPE-Madrid considera que se deben llevar a cabo   los profesores, al menos, a una mayor puntuación
       las siguientes medidas, en aras a mejorar la calidad  en el Concurso General de Traslados.
       educativa de estos centros, así como un reconoci-
       miento al profesorado destinado en los mismos:  • Mantener la ratio establecida en la Orden de 18
                                                          de septiembre del 1990, por la que se determinan
       • La inmediata sustitución de un profesor de un CEE  las proporciones de profesionales/alumnos en la
          cuando esté de baja. Estos alumnos necesitan una  atención educativa de los alumnos con necesida-
          figura de referencia y no es conveniente la rota-  des especiales: con deficiencia psíquica: máximo
          ción de profesores para cubrir estas ausencias, ya  6-8 alumnos; plurideficiencias: máximo 4-6; con
                                                          problemas graves de personalidad y autismo: má-
                                                          ximo 3,5 alumnos.
                                                       • Se deberían crear centros para alumnos de educa-
                                                          ción especial que además aborden los problemas
                                                          de conducta producidos por trastornos psíquicos.
                                                       • Anular la agrupación por edad cronológica que
                                                          establece la orden 18/2013 de 9 de enero, para
                                                          la adaptación de los modelos de los documentos
                                                          básicos de evaluación a la EBO en centros de
                                                          Educación Especial y aulas de Educación Especial
                                                          en  centros  ordinarios  de  la  Comunidad  de
                                                          Madrid, y volver a los criterios de agrupamiento
                                                          por edad madurativa y/o capacidad.                  61
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