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Asesoría Jurídica
Cobro de verano a los profesores interinos: trayectoria judicial
Si analizamos la evolución de la situación económica y administrativa de los
funcionarios interinos docentes en los últimos años, vemos como ha estado sujeta a
vaivenes producidos por sucesivas modificaciones legislativas y pronunciamientos
judiciales que se han ido sucediendo a lo largo de los años.
Por Raquel García Blanco, asesora jurídica nacional de ANPE
Un importante punto de inflexión se produjo en el año 2012 con la naturaleza temporal de la relación de servicios de estos y, por
leyes como el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de me- tanto, no se produce ninguna vulneración del principio de igual-
didas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento dad de trato con los funcionarios de carrera. La sentencia del
de la competitividad que recortaron derechos a los funcionarios Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de noviembre de
referidos a: la jornada laboral, licencia y permisos, prestaciones 2018 resolvió declarando lo siguiente:
por incapacidad temporal, reducción de horas sindicales, suspen-
“1) La cláusula 4, apartado 1, del Acuerdo Marco sobre el trabajo
sión de convenios y acuerdos de personal, entre otros. Las propias de duración determinada, celebrado el 18 de marzo de 1999, que
comunidades autónomas fueron también haciendo sus correspon-
figura en el anexo de la Directiva 1999/70/ CE del Consejo, de
dientes reajustes, recortando y suspendiendo la aplicación de
28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la
acuerdos, como es el caso por ejemplo de la Comunidad de UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada,
Castilla la Mancha, que con la Ley 5/2012 de 12 de julio de
debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una norma-
Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de la
tiva nacional que permite a un empleador extinguir, en la fecha
Mancha estableció unilateralmente la suspensión de acuerdos,
en que finaliza el período lectivo, la relación de servicio de dura-
como el que ANPE firmó con el Ministerio de Educación el 10 ción determinada de los docentes nombrados como funcionarios
de marzo de 1994 (publicado el 28 de marzo de 1994). Este
interinos para un curso académico por el hecho de que, en esa fe-
acuerdo reconocía el abono en concepto de vacaciones de julio y
cha, ya no se dan las razones de necesidad y urgencia a las que se
agosto para las sustituciones de más de 5 meses y medio, así como
supeditó su nombramiento, mientras que se mantiene la relación
para las vacantes.
de servicio por tiempo indefinido de los docentes que son funcio-
A partir de dicha fecha, nuestra organización sindical ha venido narios de carrera..”.
reclamando a las diferentes Administraciones Educativas la recu- 2º.- En cuanto a la segunda y tercera, examinadas conjuntamente:
peración de derechos perdidos, así como promoviendo las opor- “2) El artículo 7, apartado 2, de la Directiva 2003/88/CE del
tunas actuaciones en vía judicial que se han considerado proce- Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003 ,
dentes. relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de
La Directiva 1999/70/CE de 28 de junio (Cláusula 4) que regula trabajo, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una
normativa nacional que permite extinguir, en la fecha en que fina-
el principio de no discriminación por lo que respecta a las con-
diciones de trabajo, de que podrá tratarse a los trabajadores con liza el período lectivo, la relación de servicio de duración determi-
un contrato de duración determinada de una manera menos fa- nada de los docentes nombrados como funcionarios interinos para
vorable que a los trabajadores fijos comparables, por el mero he- un curso académico, aun cuando esta circunstancia prive a esos do-
centes de días de vacaciones estivales anuales retribuidas correspon-
cho de tener un contrato de duración determinada, a menos que
dientes a dicho curso académico, siempre que los referidos docentes
se justifique un trato diferente por razones objetivas, esta directiva
ha sido la base de la fundamentación jurídica de muchas de las perciban una compensación económica por este concepto.”.
demandas planteadas. Es por ello, que los funcionarios docentes
Recientemente el Tribunal Supremo, la Sala de lo Contencioso-
interinos que eran contratados para todo el curso escolar y que al Administrativo Sección cuarta en sentencia núm. 1019/2019 da
extinguirse su contrato en junio no se les abonaba los meses de
respuesta a una cuestión de interés casacional planteada y esta la
julio y agosto, ni se les reconocía dichos meses a efectos adminis- vinculan de forma directa con la sentencia del Tribunal de Justicia
trativos, era entendido como una flagrante vulneración del prin-
de la Unión Europea de fecha 21 de noviembre de 2018, dando
cipio de no discriminación con respecto a los funcionarios de ca-
al traste con las expectativas creadas para este colectivo de interi-
rrera. De hecho, el Tribunal Supremo en sentencia de 11 de junio
nos de Castilla la Mancha que venían reclamando el reconoci-
de 2018 reconoció esta vulneración del principio de no discrimi-
miento y abono del verano desde el curso 2012.
nación a los funcionarios docentes interinos en las condiciones
comentadas anteriormente. Sin embargo, los caminos judiciales Si bien hay que dejar claro que cada comunidad autónoma
tienen muchas ramificaciones e interpretaciones y, así, el Tribunal por el hecho de tener competencias en Educación ha venido
de Justicia de la Unión Europea, el 21 de noviembre de 2018 regulando el abono del verano de diferente manera y hay
dictó sentencia, resolviendo las cuestiones prejudiciales planteadas tanta variedad como colores y gustos. Es conveniente por
por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha, dando tanto revisar los pactos y acuerdos vigentes que actualmente
un giro a la fundamentación jurídica del Tribunal Supremo, de- rigen en cada comunidad y ver las posibilidades de negocia-
terminando que el cese de un funcionario interino está ligado a ción existentes.
Septiembre-octubre 2019 15