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ACCIÓN SINDICAL ESTADO






























        En las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla la retribución anual  En las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla la retribución anual
        para el Cuerpo de Profesores de Secundaria es de 7.557,74 € su-  para el Cuerpo de Maestros es de 4.940,49€ superior a las de las
        perior a las del País Vasco.                           Islas Baleares.

        *Retribuciones brutas anuales para un perfil de Profesor de  *Retribuciones brutas anuales para un perfil de maestro con 15
        Secundaria con 15 años de servicio y sin ningún cargo atribuido.  años de servicio y sin ningún cargo atribuido.



         2. PERMISOS, LICENCIAS Y EXCEDENCIAS                  incremento de nuestro horario lectivo fuera obligatorio para todas
                                                               las Administraciones Educativas y, en cambio, su posterior dis-
         Estas diferencias no se circunscriben sólo a la parte salarial, que
         también, pues la brecha salarial puede llegar a alcanzar los 6.000  minución tenga sólo carácter potestativo? ¿Acaso el Ministerio
                                                               está renunciando ‘de facto’ a su imprescindible labor de arbitraje
         euros anuales, sino también a otros cuestiones de relevancia como
         los permisos y licencias, dándose situaciones en que un docente  y coordinación en materia educativa?
         que está trabajando en la Comunidad de Madrid pueda disfrutar  Ante la proposición de Ley de modificación del RD-Ley 14/2012
         de un permiso retribuido por fallecimiento de un tío o un sobrino  que formuló el Gobierno, ANPE presentó al Consejo Escolar del
         que de estar en otra autonomía colindante, como pueda ser  Estado la propuesta de que la reducción del horario lectivo fuese
         Castilla La Mancha, no disfrutaría del mismo, o los días de asun-
                                                               obligatoria en todas las comunidades autónomas. Dicha pro-
         tos propios retribuidos (moscosos) que unos docentes tienen y
                                                               puesta fue aprobada por el Consejo Escolar del Estado e incluida
         otros no.
                                                               en el dictamen que envió al Ministerio de Educación para su con-
                                                               sideración y traslado al Consejo de Ministros.
         3. HORARIO LECTIVO DE LOS DOCENTES
                                                               Sin embargo, a pesar de haber sido asumida por el Consejo
         El Gobierno actual ha promovido la aprobación de la Ley 4/2019
         por la que se deja libertad a las Comunidades Autónomas para  Escolar del Estado la propuesta de ANPE, no ha sido incluida en
         establecer el horario lectivo del profesorado, lo que ahondará aún  la Ley 4/2019 y cada Administración podrá, dentro de sus com-
         más en las diferencias entre los distintos territorios. ANPE pro-  petencias educativas, aplicar o no esta norma puesto que solo se
         puso en la negociación del anteproyecto de la citada Ley que se  efectúa una recomendación sobre su aplicación.
         estableciera, al igual que ocurre con las ratios de alumnos por aula,  En el cuadro de la página siguiente resumimos la realidad del ho-
         un horario lectivo máximo para el profesorado de todo el Estado  rario lectivo de los docentes de las diferentes Comunidades
         de 23 horas para los docentes de los centros de Infantil y Primaria  Autónomas.
         y de 18 horas para los docentes del resto de centros. Dicha pro-
         puesta no fue recogida y quedó finalmente como “una recomen-  la Ley 4/2019 de 7 de marzo, de mejora de las condiciones para
         dación”.                                              el desempeño de la docencia y la enseñanza en el ámbito de la
                                                               educación no universitaria, en su disposición final primera dice:
         No podemos olvidar tampoco lo relativo a la jornada laboral,  Con la finalidad de hacer efectivas las previsiones contenidas en
         tanto en el tipo de jornada, si es partida o continua, como en el  esta  Ley  por  parte  de  las  Administraciones  Educativas,  la
         horario lectivo del profesorado.
                                                               Administración General del Estado establecerá un marco de finan-
         ¿Cómo se puede pretender que cada Comunidad Autónoma de-  ciación adecuado y suficiente. Por lo que las Consejerías de
         cida por su cuenta el número máximo de horas lectivas del pro-  Educación de diferentes Comunidades Autónomas se están es-
         fesorado, sin ninguna trasferencia de fondos adicionales para pa-  cudando en esta disposición para no modificar el horario lectivo
         liar, al menos, el coste de esta medida? ¿Tiene sentido que el  docente.

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