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Información Profesional


































       Comparativa de la Enseñanza de la Religión

       en los países europeos




                                          Por Enrique Ángel Víboras García, Profesor de Religión de Secundaria,
                                                                secretario de comunicación de ANPE-JAÉN

       La reforma educativa aprobada por el Gobierno Español asocia  última de los padres ya que, se trata de un derecho recogido en las
       en la educación obligatoria una asignatura alternativa de “Valores  principales declaraciones y recomendaciones internacionales.
       sociales y éticos” para los alumnos que no la cursen, de forma que  Atendiendo a los contenidos de las asignaturas, la gran mayoría
       las calificaciones de una u otra hagan media y cuenten como cual-
                                                             de las naciones delegan esta función en la Iglesia y las comuni-
       quier otra a la hora de pasar de curso. Teniendo en cuenta que la
                                                             dades religiosas, aunque estos son posteriormente aprobados por
       religión es considerada como un pilar básico en el bagaje cultu-
                                                             las administraciones educativas correspondientes. Por otro lado,
       ral de las distintas naciones y, por tanto, un instrumento de vital  casi la totalidad de los países ofrecen, de un modo u otro, alguna
       importancia como transmisora de valores, no podemos dejar de
                                                             materia alternativa para aquellos alumnos que no deseen asistir a
       ser conscientes del papel tan relevante que la religión ocupa en la
                                                             las clases de Religión. En esta misma línea, debemos decir que es-
       sociedad, ya que ésta marca y orienta los modelos y formas de
                                                             tas materias electivas como alternativa generalmente versan sobre
       vida de la mayoría de los ciudadanos. Por ello la enseñanza reli-
       giosa como asignatura del currículo formal ha estado tradicio-  temas éticos, morales y sociales.
       nalmente presente en nuestro sistema educativo.       Existe una tendencia favorable a continuar con la presencia del
                                                             hecho religioso en las aulas de nuestro continente. De este modo,
       Por otra parte, son varios los textos legislativos de ámbito supra-
       nacional y los tratados internacionales signados por España en los  si tenemos en cuenta la directriz actual de las políticas europeas
                                                             que persiguen, de manera gradual, un sistema educativo seme-
       que se definen los principios en que ha de fundamentarse la nor-
                                                             jante para todas las naciones, podemos aventurarnos a afirmar
       mativa que sea de aplicación a la enseñanza de la Religión, una
       presencia normativa que está ampliamente fundamentada.  que a la cultura religiosa aún le quedan varios años, asistiendo a
                                                             nuestras aulas.
       En la mayoría de los países de Europa, la enseñanza religiosa se
       fundamenta en la propia Constitución de cada nación, tal es el  Alemania
       caso  de  Alemania,  Austria,  Bélgica,  Dinamarca,  España,
                                                             Se imparten clases de Religión, tanto en escuelas públicas como
       Finlandia, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Portugal y Suecia  privadas durante dos horas semanales, en Primaria y Secundaria.
       donde se reconoce la formación religiosa dentro del sistema edu-
                                                             La base legal de la educación religiosa se fundamenta en la
       cativo. Francia es el único país de la Unión Europea que sitúa esta
                                                             Constitución (o Ley Fundamental) de 1949. Modificada el 31 de
       educación fuera del ámbito escolar.
                                                             agosto de 1999, garantiza a toda la población la libertad de cre-
       En lo referente a la carga lectiva de la formación religiosa en los pa-  encias y profesión religiosa e ideológica, así como el ejercicio del
       íses de la UE, la mayoría oscila entre 2 ó 3 horas semanales. La de-  culto. La enseñanza de la Religión forma parte del plan de estu-
       cisión acerca de recibir este tipo de educación es responsabilidad  dios y es obligatoria salvo petición de exención (la alternativa

                                                                                                      Marzo 2014 /  13
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