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AUTONOMÍAS
Canarias
Continuaremos sin saber lo que es un concurso autonómico de traslados
La Disposición Adicional Sexta de la LOE establece que, cuando en un curso no se celebre concurso general de traslados,
cualquier Administración Educativa podrá organizar procedimientos de provisión referidos a su ámbito territorial y
destinados a la cobertura de sus plazas vacantes.
Es decir, durante esos cursos se puede convocar los conocidos como
concursos autonómicos de traslados y todas las CCAA, MENOS
CANARIAS, lo han convocado y resuelto varias veces con la ne-
cesaria colaboración del MEC para gestionar el procedimiento.
Hasta hace unos años, cuando ANPE CANARIAS así lo de-
mandaba a los diferentes responsables políticos de nuestra
Consejería, nos contestaban que, previamente, había que desa- Además, el Director General de Personal nos prometió durante
rrollar normativamente esta competencia y, mientras no se pu- el pasado curso escolar que en 2013/2014 tendría lugar en
blicase la correspondiente Orden, no había nada que hacer. Canarias la primera convocatoria autonómica, con el fin de re-
ducir el número de docentes sin destino definitivo y permitir el
Nuestra constante insistencia logró que, en la legislatura anterior,
acercamiento a su lugar de residencia a centenares de compañe-
se publicase por fin en el BOC la Orden de 2 de agosto de 2010, ros y compañeras.
que, entre otros asuntos, regula también las condiciones genera-
les para la celebración de este concurso de traslados, cerrado al Por lo visto, el profesorado canario no necesita para nada que se
profesorado destinado fuera de las islas. produzca esta convocatoria...
¿Una ley de educación para Canarias?
El Consejero ha anunciado ya que antes de que termine la presente legislatura la Comunidad Autónoma de Canarias
contará con su propia Ley de Educación.
consecuencias que se avecinan en cuanto se inicie el calendario de
implantación de la recién aprobada LOMCE.
Estrategias políticas al margen, ANPE Canarias ve con buenos
ojos las medidas “paliativas” someramente expuestas por la
Consejería para el próximo curso ya que, a pesar de ser claramente
insuficientes para que el profesorado recupere sus anteriores con-
diciones laborales, supondrán una leve mejoría para el alumnado
de la enseñanza pública.
En cuanto a la futura Ley Canaria de Educación, nuestra orga-
nización sindical exigirá que la Administración no reproduzca los
mismos errores cometidos por el Ministerio y, por consiguiente,
condicionará su apoyo a que este proyecto legislativo cumpla es-
trictamente las dos condiciones siguientes:
Hace unos años, en tiempos de las reformas y contrarreformas
– Que el texto definitivo cuente con el apoyo de todos los gru-
posteriores a la LOGSE, también se habló de aprobar una Ley pos políticos presentes en el Parlamento de Canarias.
Canaria de Educación y, que sepamos, incluso se redactaron va- – Que durante su elaboración todos los agentes sociales, y muy
rios borradores que llegaron a circular para su debate entre los di-
especialmente los sindicatos del sector docente, tengan la po-
ferentes Departamentos de nuestra Administración Educativa.
sibilidad de negociar su contenido e introducir enmiendas.
¿Qué sentido puede tener que ahora se realice este tremendo es- No parece muy descabellado que pongamos estas condiciones
fuerzo legislativo por parte de nuestro Gobierno y todos los
que, en definitiva, son las mismas que el Presidente Autonómico
Grupos Parlamentarios?
de ANPE Canarias planteó hace unos meses ante la propia
Por la explicaciones que conocemos de los más altos dirigentes de Comisión Parlamentaria de Educación, con motivo de su inter-
la Consejería, parece que se trataría de una norma “de carácter de- vención respecto al Pacto Social por la Educación, el que ya ape-
fensivo”, para impedir en lo posible que Canarias sufra las duras nas se habla en los medios de comunicación.
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