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AUTONOMÍAS




       apariciones de sus portavoces en los medios de co-
       municación insulares, no ha perdido la oportunidad
       de subirse a este tren del desenfreno normativo, a
       pesar de sus grandilocuentes declaraciones contra
       las desafortunadas medidas que adoptan sus cole-
       gas estatales.
       La citada Orden, que ha visto la luz rodeada del omi-
       noso silencio de algunas centrales sindicales y tras
       sortear de cualquier manera no pocas dudas e in-
       certidumbres a lo largo del último trimestre de 2012,
       no creemos que pase a la historia administrativa de
       Canarias por la calidad de su lenguaje ni por la pre-
       cisión de sus contenidos.                       Al analizar la mencionada Orden de Presidencia,
                                                       Justicia e Igualdad, lo que más poderosamente ha
       Su anexo primero contiene una interminable, desor-
                                                       llamado nuestra atención, además de sus asombro-
       denada y farragosa relación de enfermedades, pa-  sas pretensiones anteriormente mencionadas, ha
       tologías e intervenciones quirúrgicas de muy diversa
                                                       sido la escandalosa ausencia de referencias a los do-
       y cuestionable gravedad que, en principio, eximirán
                                                       centes que, le guste o no al Gobierno de Canarias,
       a quienes “tengan la suerte” de padecerlas de ex-  somos por nuestro considerable volumen el princi-
       perimentar en sus nóminas el tijeretazo inmiseri-
                                                       pal colectivo de sus empleados públicos.
       corde e hipócrita de la correspondiente Consejería.
                                                       ¿Es que nadie está dispuesto a reconocer como en-
       Además, en el colmo de la osadía administrativa, su
                                                       fermedad profesional de la enseñanza nuestras fre-
       autor o autores se permiten sorprendentemente el  cuentes afecciones en el aparato fonador, nuestras
       lujo de definir o acotar, a los efectos previstos en tan
                                                       afonías, nuestros peligrosísimos nódulos en las cuer-
       insólita norma, una serie de situaciones de uso ha-  das vocales, que constituyen la permanente y ame-
       bitual como “hospitalización”, “intervención qui-  nazadora espada de Damocles sobre las cabezas del
       rúrgica”, “riesgo durante el embarazo” “riesgo du-  profesorado?
       rante la lactancia natural” o, incluso, “víctima de
       violencia de género”.                           ¿Acaso las agresiones que sufren a diario nuestros
                                                       compañeros y compañeras no pueden tener la con-
       ANPE Canarias ha estudiado en profundidad toda  sideración jurídica de un accidente laboral? ¿Qué
       la normativa vigente sobre esta delicada cuestión y,  decir de las terribles secuelas psicológicas que arras-
       siguiendo los consejos de nuestros servicios jurídi-  tran durante años quienes han sido víctimas impo-
       cos, vamos a iniciar inmediatamente un conjunto de  tentes del acoso del alumnado y sus familiares mien-
       actuaciones para hacer valer los derechos del per-  tras llevan a cabo su labor profesional, en su propio
       sonal docente al que legalmente representamos.  centro de trabajo?
                                                       El propio Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
                                                       ya ha regulado en su ámbito competencial que man-
                                                       tendrá sin descuento alguno las nóminas de todos
                                                       los maestros y profesores que sufran un accidente
                                                       laboral o se vean afectados por una enfermedad
                                                       profesional.

                                                       Por su parte, la Generalitat Valenciana contempla,
                                                       entre las excepciones previstas en su desarrollo del
                                                       Real Decreto-ley 20/2012, los casos de hospitaliza-
                                                       ción domiciliaria (es decir, las bajas médicas con pres-
                                                       cripción facultativa de reposo), concediéndoles a los
                                                       afectados el derecho a percibir íntegramente sus re-
                                                       tribuciones.
                                                       Ante tamaño despropósito, ANPE Canarias no per-
                                                       manecerá de brazos cruzados y en silencio mientras
                                                       nuestros responsables políticos pisotean los más ele-
                                                       mentales derechos del profesorado.

                                                       Además de trasmitir nuestras quejas al Gobierno de
                                                       Canarias, hemos iniciado ya los trámites necesarios
                                                       para la interposición de los pertinentes recursos en
                                                       las vías administrativa y judicial.                    51
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