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AUTONOMÍAS
Aragón
PROPUESTAS DE ANPE A LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Los funcionarios interinos desempeñan un papel fundamental para el funcionamiento de los
centros, por lo que hay que fomentar tanto el mérito y la capacidad en la confección de las listas
como la formación continua.
Y, por ello, proponemos la modificación de la Orden
de 19 de febrero de 2007 de baremación de interi-
nos en Aragón y que tanto el Diploma de Estudios
Avanzados como los Masters oficiales como el nivel
intermedio de la Escuela Oficial de Idiomas sean
puntuables. Ahora se da la situación que la Orden
de 19 de febrero de baremación de interinos de
2007 fue publicada en el BOA el 5 de marzo de 2007
y no recoge ninguna puntuación especial para los
Masters, que únicamente pueden ser valorados
como cursos. De hecho, el Decreto 96/2011 de 5 de
mayo de Provisión de Puestos de Trabajo por perso-
nal Interino del Gobierno de Aragón establece que
los méritos se han de desarrollar por una orden, la
cual casi un año después de su elaboración todavía
no se ha hecho.
Proponemos que las adjudicaciones para funciona-
rios de carrera sin destino definitivo y funcionarios
interinos se hagan en el mes de julio. Se está ya ha-
ciendo en muchas Comunidades Autónomas y es
una manera más de dignificar nuestra profesión.
Vemos la necesidad de regular exhaustivamente las
Comisiones de Servicio. Actualmente se dan comi-
siones de servicio a profesores para ocupar puestos
y programas concretos, pero es esencial una regula-
ción detallada que implique una mayor concreción ANPE-Aragón siente una profunda satisfacción por
tanto de los criterios, como de los puestos a ocupar estas sentencias que corroboran las tesis de nuestros
servicios jurídicos y obligan al abono del comple-
y la publicidad de las mismos En lo que respecta a
las Comisiones Humanitarias, reguladas en el mento por formación permanente del profesorado,
Decreto 20/2000, es necesario igualmente una re- los llamados “sexenios”, también a los profesores in-
gulación mucho más exhaustiva. Parece claro que el terinos. Desde ANPE-Aragón solicitamos se acuerde
primer motivo para su concesión debe de ser la sa- abonar “de oficio” dicho concepto, para evitar los
gastos y recursos innecesarios que ocasiona la judi-
lud propia, evitando situaciones como las que sur-
gen todos los años en los que se les deniega a per- cialización de la petición de un derecho ya recono-
sonas con una enfermedad grave y, sin embargo, se cido.
les otorga a otras por atender a familiares enfermos, Proponemos que el examen escrito sea anónimo
cuando no se regula esta posibilidad. como en muchas Comunidades Autónomas, pues es
la única manera de garantizar la objetividad a la
En sentencia de 29 de febrero, el Tribunal Superior
de Justicia de Asturias ha dado la razón a ANPE y hora de corregirlo. Además, sugerimos que se pu-
obliga al pago de los sexenios al personal interino, bliquen los criterios de evaluación por cada uno de
en el marco de la directiva 1999/70/CE del Consejo, los tribunales y haya unas instrucciones claras para
todos, sin ninguna diferencia entre tribunales.
de 28 de junio de 1999.
Asevera el Alto Tribunal que, de acuerdo con la nor- En cuanto a las programaciones didácticas, si se
mativa europea, no se puede admitir discriminación mantienen, propondríamos que, en casos de defecto
salarial por razón de la relación laboral temporal o de forma, la convocatoria fijara un tiempo mínimo
fija (interino vs funcionario), el mismo concepto que para que el opositor pueda subsanar su error, evi-
abrió en su día las puertas a la percepción de los trie- tando así casos como de otros años. Valdría con un
48 nios (antigüedad) al personal interino. plazo mínimo de, por ejemplo, 48 horas.
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