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INFORMACIÓNPROFESIONALINFORMACIÓNPROFESIONALINFORMACIÓNPROFESIONAL
en el 1,69 por ciento sobre los haberes regulado- CUOTAS MENSUALES DE COTIZACIÓN
res establecidos para el año 2010 a efectos de co- A LA MUTUALIDAD GENERAL FUNCIONARIOS CIVILES
tización de Derechos Pasivos, calculados sin la ac- DEL ESTADO
tualización prevista en el apartado Dos de la dis- Grupo/Subgrupo Cuota mensual en euros
posición adicional octava de esta Ley 39/2010, de
A1 47,27
22 de diciembre, de Presupuestos Generales del
A2 37,20
Estado para el 2011, e incrementados en un 1%.
2. La cuantía de la aportación del Estado, regulada
en el artículo 35 del Real Decreto Legislativo
4/2000, representará el 4,81% de los haberes re- HABERES REGULADORES PARA
LA DETERMINACIÓN DE LAS PENSIONES:
guladores establecidos para el año 2010 a efec-
tos de cotización de Derechos Pasivos. Grupo A1 .......................... 39.661,46 Euros/año.
3. Durante el año 2012, el importe de la cuota de Grupo A2 .......................... 31.214,57 Euros/año.
derechos pasivos y de la correspondiente a las
mutualidades generales de funcionarios, res-
pecto del personal incluido en el ámbito de co- Retenciones del IRPF
bertura del Régimen de Clases Pasivas del Estado
Las retenciones e ingresos a cuenta a practicar sobre
y de los Regímenes Especiales de Funcionarios, se
los rendimientos del trabajo que se satisfagan o abo-
determinará mediante la aplicación del tipo por- nen durante el mes de enero del 2012, correspon-
centual del 3,86 % y del 1,69%, respectivamente,
dientes a dicho mes, no se les aplicará la nueva nor-
sobre los haberes reguladores establecidos para
mativa contemplada en el RDL (D.A 35, apdo 2).
el año 2010 a efectos de cotización de derechos
pasivos, calculados sin la actualización prevista en En los rendimientos que se satisfagan o se abonen a
el apartado Dos de la disposición adicional octava partir del 1 de febrero de 2012, siempre que no se
de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de trate de rendimientos correspondientes al mes de
enero, el pagador deberá de aplicar el tipo de re-
Presupuestos Generales del Estado para el año
tención siguiente:
2011, e incrementados en un 1%.
“En los periodos impositivos 2012 y 2013 ,la cuota de
CUOTAS MENSUALES DE DERECHOS PASIVOS
retención a que se refieren los apartados 1y 2 del ar-
Grupo / Subgrupo Cuota mensual en euros tículo 85 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas, se incrementará en el importe
A1 107,96 resultante de aplicar a la base para calcular el tipo de
A2 84,97 retención los tipos previstos en la siguiente escala:
Base para calcular Cuota de Resto base para Tipo aplicable
el tipo de retención retención (euros) calcular (hasta euros) Porcentaje
0 0 17.707,20 0,75
17.707,20 132,80 15.300,00 2
33.007,20 438,80 20.400,00 3
53.407,20 1.050,80 66.593,00 4
120.000,20 3.714,52 55.000,00 5
175.000,20 6.464,52 125.000,00 6
300.000,20 13.964,52 En adelante 7
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ENERO-FEBRERO 2012