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AUTONOMÍAS




                                                       cuando se aprobó el acuerdo de las 35 horas. Por
                                                       tanto, si no hay disminución de horas lectivas al pa-
                                                       sar de 37.5 a 35, no puede haber aumento de horas
                                                       lectivas al pasar de 35 a 36.5.

                                                       VIGENCIA DE LA LEY
                                                       Otra duda surgida, y que creemos necesario aclarar,
                                                       es el tema del periodo de VIGENCIA de la Ley. Al leer
                                                       su articulado, en la disposición final segunda incluye
                                                       el siguiente texto “El Título I de la presente Ley ten-
                                                       drá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2011.” En
                                                       el punto 2 de la disposición derogatoria dice tex-
                                                       tualmente: “En particular, durante el ejercicio 2011,
                                                       quedarán suspendidos, en lo que resulte contrario
                                                       a esta ley los siguientes pactos y acuerdos sindica-
                                                       les. Cualquier especulación que se pueda hacer so-
                                                       bre este texto no obedece a ningún criterio objetivo
                                                       y podría estar mediatizado por otro tipo de condi-
                                                       cionantes que sobrepasan el ámbito profesional y
                                                       laboral.

                                                       INCAPACIDAD TEMPORAL
                                                       Por otro lado, el tema de las BAJAS POR INCAPACI-
                                                       DAD queda resuelto. Se deroga expresamente, en
                                                       su disposición derogatoria primera, el artículo 3 de
                                                       la ley que suponía la pérdida del 25 % del sueldo en
                                                       situación de Incapacidad. Este artículo se sustituye y
                                                       se incluye la posibilidad, y siempre, previa negocia-
       También se han generado dudas por el exceso de in-  ción con las organizaciones sindicales de la inter-
       formaciones cruzadas y, en la mayoría de los casos  vención de mutuas privadas en el control y gestión
       interesadas, que no se ajustan a la realidad. Realizad  de las bajas por I.T. En ningún momento se dice en
       que encontramos en el documento final de modifi-  la ley que el control de las bajas por I.T. la llevarán
       cación de la Ley.                               a cabo las mutuas, se da una posibilidad pero siem-
                                                       pre previa negociación con las organizaciones sin-
       JORNADA DE 36,5 HORAS                           dicales.

       Se plantea el interrogante de la pérdida de puestos  PLAN DE ACCIÓN SOCIAL
       de trabajo del profesorado interino.
                                                       En cuanto al plan de acción social, las ayudas se re-
       SEGÚN SE DEDUCE DE LA LECTURA DEL DOCU-         ducen a la mitad si queremos verlo así, o se recupera
       MENTO, NO HABRÁ PÉRDIDA DE PUESTOS DE TRA-      el 50 por ciento, si lo vemos de otro modo, y siem-
       BAJO PARA EL PROFESORADO INTERINO POR LA        pre por este año. En el año 2012 se vuelve a recu-
       APLICACIÓN DE LA JORNADA DE 36,5 HORAS.         perar la totalidad de las ayudas de acción social, ya
                                                       que el Título I de la ley pierde su vigencia el 31 de
       En el documento de modificación en ningún mo-
       mento se suspende el acuerdo de plantillas de 17 de  diciembre de 2011.
       enero de 2006 ni el acuerdo de modificación de jor-
       nada de 35 horas aprobado por Consejo de        RETRIBUCIONES
       Gobierno de 13 de junio de 2008. Como consecuen-  Por último, hacer referencia al tema de retribucio-
       cia de esto se asegura el mantenimiento de las plan-  nes. Los docentes veremos reducidos nuestros suel-
       tillas de los centros y del horario lectivo del profe-
                                                       dos en 37,5 euros/mes (en lugar de los 75 euros ini-
       sorado. ANPE no ve por ningún lado la pérdida de  ciales) hasta final del año 2011, fecha en que pierde
       puestos de trabajo del profesorado interino, ya que  vigencia la misma, y recuperamos la totalidad de
       la hora y media nunca supondrá un aumento de ho-
                                                       nuestras retribuciones.
       ras lectivas. Aunque no venga expresamente, por
       pura lógica, y a la vista de estos acuerdos, la am-  Todo lo que hemos expuesto con anterioridad se
       pliación de la jornada a 36,5 horas (hasta 31 de di-  puede leer en el documento de modificación de la
       ciembre) no supone pérdida de puestos de trabajo  Ley, que puedes leer con detenimiento y total tran-
       puesto que no hubo reducción de horario lectivo  quilidad en nuestra web: www.anpe.org                 57
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