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AUTONOMÍAS
Cataluña
Nuevos supuestos excepcionales que permiten la percepción de un complemento de mejora
retributiva hasta el 100% por incapacidad temporal
Mejoras de la prestación económica de incapacidad temporal del personal al servicio de la Administración de la Generalidad,
de su sector público y de las universidades públicas catalanas.
La prestación reconocida por la Seguridad Social se complemen-
tará, desde el primer día, hasta el cien por cien de las retribuciones
fijas y periódicas que se percibían el mes anterior a aquel en que
tuvo lugar la incapacidad, en los siguientes supuestos:
1. La situación de incapacidad temporal de las empleadas públi-
cas embarazadas, aunque no dé lugar a una situación de riesgo
durante el embarazo.
2. La situación de incapacidad temporal de las víctimas de vio-
lencia de género.
3. La situación de incapacidad temporal que comporte hospita-
lización o intervención quirúrgica, con independencia de que
sobrevenga con posterioridad al inicio de la incapacidad y
siempre que se corresponda con el mismo proceso patológico,
así como la derivada de procesos oncológicos. A estos efectos,
los supuestos de intervención quirúrgica se complementarán
siempre que requieran reposo domiciliario y deriven de los
tratamientos incluidos en la cartera básica de servicios del sis-
tema nacional de salud.
4. La situación de incapacidad temporal que derive de un trata-
miento de reproducción asistida o del período de lactancia,
aunque no dé lugar a una situación de riesgo durante la lac-
tancia.
5. La situación de incapacidad temporal derivada de enfermeda-
des que han sido causa de discapacidad de grado igual o su-
perior al 33%.
6. La situación de incapacidad temporal derivada de exploracio-
nes diagnósticas invasivas, como endoscopias, colonoscopias,
gastroscopias, fibroscopio, cateterismos y otras exploraciones Administración u organismo o ente competente debe sujetarse a
similares.
la normativa de protección de datos de carácter personal. En este
7. La situación de incapacidad temporal por interrupción volun- sentido, una vez se acredite por el interesado y se haga constar
taria del embarazo en el primer trimestre de gestación por in-
por la unidad de gestión correspondiente que se cumplen los re-
ducción farmacológica.
quisitos para tener derecho a la obtención de las mejoras estable-
8. La situación de incapacidad temporal para otras enfermedades cidas normativamente, se devolverá al interesado la documenta-
graves y / o sujetos a declaración obligatoria. Se incluyen en ción aportada. Los datos médicos relativos a los motivos concretos
este apartado las enfermedades graves recogidas en el anexo de la incapacidad temporal no deben inscribirse ni registrar en
del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación ninguna base de datos. Las personas que intervienen en la trami-
y desarrollo, en el Sistema de Seguridad Social, de la presta-
tación del procedimiento de reconocimiento de mejoras volun-
ción económica por cuidado de menores afectados por cáncer
u otra enfermedad grave, así como las cardiopatías isquémicas. tarias tienen el deber de guardar secreto”.
Asimismo, se incluyen en este apartado las enfermedades su- ANPE Cataluña celebra estas mejoras retributivas, especial-
jetas a declaración obligatoria recogidas en los anexos I y III mente la número 4, cuya enmienda presentamos a todos los
del Real Decreto 2210/1995, de 28 de diciembre, por el que grupos del Parlamento de Cataluña y que creemos que será
se crea la red nacional de vigilancia epidemiológica.
de gran ayuda para muchas docentes. Así mismo, seguiremos
La documentación médica o sobre la situación personal de vio- trabajando hasta recuperar el 100% de las retribuciones en
lencia de género aportada por los interesados es confidencial y la todos los casos de incapacidad laboral.
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