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Acción Sindical Estado
ya obtuvieron un destino el pasado curso tendrán prioridad sobre el universitarios durante el curso escolar 2015/2016-, –Resolución
resto y serán ordenados con la misma prelación que en la anterior de 15 de abril de 2015, de la Dirección General de Personal
adjudicación. Para la adjudicación por primera vez se atenderá al ma- Docente, por la que se establece el procedimiento y el calen-
yor tiempo de antigüedad en el destino definitivo desde el que se par- dario para la adjudicación de destino, con carácter provisio-
ticipa. No se podrá permanecer más de dos cursos continuados ocu- nal, a los funcionarios de carrera de los cuerpos docentes no
pando estas comisiones de servicios. Se podrá volver a participar tras- universitarios para el curso 2015/2016–.
curridos dos cursos académicos.– Resolución 27 de marzo de 2015, En otras comunidades viene siendo una reivindicación perma-
del Director General de Gestión de Personal, por la que se con- nente de ANPE. En este sentido, en Andalucía se encuentra muy
voca procedimiento autonómico de revisión de puestos vacantes avanzado el proceso de negociación que haga posible la partici-
para su ocupación temporal, en comisión de servicios, por fun- pación del profesorado con destino definitivo en el procedimiento
cionarios de carrera de los cuerpos docentes no universitarios en de adjudicación de destinos provisionales. Actualmente nos en-
el curso 2015-2016.- contramos inmersos en un proceso de negociación ambicioso que
Por su parte, Castilla y León regula la participación en el proce- pretende reformar decretos y ordenes, con la aspiración de con-
dimiento de provisión de puestos para su ocupación temporal por seguir este objetivo y además otras medidas de conciliación de la
el profesorado con destino definitivo, con algunas limitaciones. vida familiar y laboral, tanto para el personal funcionario como
Entre otras, acreditar la prestación de servicios efectivos durante interino (para este último colectivo pedimos que se limite la obli-
dos cursos inmediatamente anteriores y haber participado en el gación de solicitud de provincias para vacantes a sólo una).
ultimo concurso general de traslados, sin haber obtenido destino En el actual estado de la negociación se contempla la posibilidad
definitivo o cambio de provincia, en su caso. Así mismo no po- de que los funcionarios definitivos puedan participar según un
drán solicitar centros ubicados en la localidad donde radique el orden de prelación, que los situaría delante de los funcionarios
destino definitivo. en destino provisional y los beneficiarios de comisiones de servi-
La prioridad en la adjudicación vendrá dada por la puntuación cios, exceptuando las de carácter muy graves.
obtenida en el concurso general de traslados, pudiéndosele asig- Entre las condiciones de participación, la Administración pro-
nar puestos generales u opcionales, si han sido solicitados. Se con- puso en la última Mesa Técnica condicionarla a que el funcio-
templa la posibilidad de que los funcionarios que han obtenido nario haya obtenido destino definitivo en el Concurso General
un destino en el procedimiento del curso anterior puedan solici- de Traslados y no hayan transcurrido seis años desde su obten-
tar continuidad en el mismo centro, siempre que no tengan in- ción, si el destino es forzoso, o cuatro años si el destino es vo-
forme motivado desfavorable por parte del director del centro. Esta luntario.
continuidad estará condicionada a la existencia de vacante y a que Esperamos que en las próximas convocatorias se puedan sumar a
la plaza no sea solicitada por otro funcionario con mayor dere- estas iniciativas el resto de comunidades, para hacer posible que
cho. –Resolución de 20 de mayo de 2015, de la Dirección estas medidas se generalicen en todo el territorio nacional, de ma-
General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, nera que el profesorado con destino definitivo pueda participar
por la que se convoca, para el curso escolar 2015/2016, pro- en los procedimientos de adjudicación de destinos provisionales
cedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocu- en las condiciones más ventajosas.
pación temporal, en comisión de servicios, por funcionarios
de carrera de los cuerpos docentes de enseñanzas no universi-
Información elaborada por Francisco Padilla,
tarias dependientes de la Consejería de Educación–.
Presidente de ANPE-Andalucía
La Comunidad de Extremadura regula el “concursillo” a través
de un procedimiento de concesión de comisiones de servicio. El
orden de prelación de las mismas viene determinado por la clasi-
ficación de las mismas, por carácter docente, humanitario y ge-
neral, estando encuadrada en este ultimo epígrafe las que se re-
fiere a la participación del profesorado con destino definitivo. El
Orden de preferencia para la adjudicación de destinos con carác-
ter provisional determina que las Comisiones de servicio se ad-
judicarán después de la adjudicación de destinos al profesorado
en situación de provisionalidad.
Se establece la posibilidad de renovación de la Comisión de ser-
vicio de carácter general, siempre que se haya disfrutado de esta
en el curso anterior y no exista informe desfavorable. Se podrá
solicitar la misma plaza u otra en el mismo centro para la que se
cumpla los requisitos, siempre que no se adjudique a un funcio-
nario de un colectivo preferente. -Resolución de 15 de abril de
2015 de la Dirección General de Personal Docente por la que se
establece el procedimiento para la concesión de comisiones de
servicio a los funcionarios de carrera de los cuerpos docentes no
Enero - febrero 2016 5