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Asesoría Jurídica













































       Novedades para el año 2016 en materia de retribuciones,

       permisos y licencias









                                                 Por Raquel García Blanco, asesora jurídica nacional de ANPE



       1. RETRIBUCIONES DE LOS FUNCIONARIOS DEL ESTADO       • Pagas extraordinarias
       En el año 2016, las retribuciones del personal al servicio del sec-  Los funcionarios a que se refiere el punto anterior percibirán, en
       tor público no podrán experimentar un incremento global su-  cada una de las pagas extraordinarias de los meses de junio y di-
       perior al 1% respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2015.  ciembre en el año 2016, en concepto de sueldo y trienios, las si-
                                                             guientes cuantías:
       Los funcionarios a los que resulta de aplicación el artículo 76 del
       Estatuto Básico del Empleado Público e incluidos en el ámbito
       de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para  Grupo / Subgrupo   Sueldo    Trienios
       la  Reforma  de  la  Función  Pública,  en  los  términos  de  la  Ley 7/2007  Euros            Euros
       Disposición Final Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del  A1             691,21           26,58
       Estatuto Básico del Empleado Público percibirán en concepto de:  A2            706,38           25,61

       • El sueldo y los trienios (en las nóminas de enero a
         diciembre de 2016)                                  En la paga extraordinaria además se incluirá el complemento de
                                                             destino mensual que se perciba.
       Grupo / Subgrupo        Sueldo          Trienios
                                                             Cuando los funcionarios hubieran prestado una jornada de tra-
           Ley 7/2007        Euros (anual)   Euros (anual)
                                                             bajo reducida durante los seis meses inmediatos anteriores a los
              A1              13.441,80         516,96       meses de junio o diciembre, el importe de la paga extraordinaria
              A2              11.622,84         421,44       experimentará la correspondiente reducción proporcional.

                                                                                             Enero - febrero 2016  11
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