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Autonomías



         Asturias

       Modificación del reglamento del Plan de Evaluación


       Tras la celebración de la Mesa Sectorial Docente para la modificación del Plan de Evaluación docente, ANPE EXIGIRÁ la
       incorporación anual al Plan de Evaluación de TODO el profesorado que vaya cumpliendo los 5 años de servicios.

       Debe estar previsto incorporar cada curso escolar a todos los  Dicha Directiva sirvió para que ANPE ganara en los Tribunales
       funcionarios de carrera, interinos y contratados laborales, se-  de Justicia de Asturias y luego en el resto de España, la percep-
       gún vayan cumpliendo los cinco años de servicios prestados,  ción de Sexenios por el Profesorado interino en toda España.
       tal como se recoge en la Directiva Europea 90/2011 que es pos-  ANPE ya manifestó el curso pasado, después de la negociación
       terior a la Ley de Evaluación de 2009, en cuya Directiva de  del acuerdo de Interinos, nuestra exigencia para que se iniciara
       rango superior se reconoce el derecho a todos los funcionarios
                                                             de inmediato la Negociación del nuevo Plan de Evaluación, para
       públicos a la percepción de iguales retribuciones, indepen-  poder incorporar al profesorado interino y para que todo el pro-
       dientemente de la duración de sus contratos: funcionarios de
                                                             ceso estuviera finalizado en diciembre y se iniciaran los pagos el
       carrera docentes interinos y contratados laborales para los do-  1 de Enero de 2015, pero nuestras exigencias fueron desoídas por
       centes de Religión.
                                                             las otras partes.


       Decreto del Primer Ciclo de Infantil
       El pasado 12 de diciembre de 2014, se publicó el Decreto 113/2014, de 3 de diciembre, por el que se regula la ordenación de los
       contenidos educativos del Primer Ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

       http://www.anpe-asturias.com/noticias/legislacienuinformacion-46/1488-decreto-1132014-ordenacion-primer-ciclo-de-educacion-infantil.html



       Decreto de orientación

       Publicación el 29 de diciembre de 2014 el Decreto 147/2014, de  Como novedad, recoge que los centros educativos con más de
       23 de diciembre, por el que se regula la orientación educativa y profe-  400 alumnos y alumnas contarán con un orientador u orienta-
       sional en el Principado de Asturias que tiene por objeto definir y fi-  dora a tiempo completo y con destino en el propio centro y al
       jar las bases del modelo de orientación educativa y profesional en  menos  un  profesor  o  profesora  técnico  de  Servicios  a  la
       el Principado de Asturias, facilitando a los centros docentes com-  Comunidad cuando el número total de alumnos y alumnas de
       prendidos en su ámbito de aplicación la organización de una res-  los centros sea superior a 250 en la etapa de Educación
       puesta educativa inclusiva para que todo el alumnado disponga de
       las condiciones adecuadas para su educación.



       Abono de la parte proporcional de la paga extra 2012

       En la inmensa mayoría de los casos, el abono se producirá de ofi-  dentro de dicho ámbito, hubiera pasado a prestar servicios en
       cio junto con el ingreso de la nómina del mes de enero de 2015,  Administración, organismo o ente público diferente al de ads-
       exceptuando el profesorado interino que ya lo percibió en su nó-  cripción entre el 1 de junio y el 30 de noviembre de 2012.
       mina de mayo 2014.
                                                             4. Herederos del personal enumerado en los puntos anteriores
       Sin embargo, se contemplan una serie de supuestos en los que el  que hubiera fallecido.
       abono de la parte de la paga extraordinaria debe ir precedida de la
       solicitud de los interesados. Se trata de los siguientes supuestos:

       1. Personal que hubiera cesado en el servicio activo o situación
          asimilada.
       2. Personal que hubiera perdido la condición de empleado público
          o trabajador al servicio de la Adminis tración del Principado de
          Asturias, sus organismos o entes públicos.
       3. Personal que hubiera cambiado de destino pasando a prestar ser-
          vicios fuera del ámbito de la Administración del Principado de
          Asturias, sus organismos y entes públicos, o que, manteniéndose


                                                                                             Enero - febrero 2015  45
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