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Autonomías
Andalucía
Centros de tiempo libre de la Junta de Andalucía
Una forma alternativa de disfrutar tus vacaciones es una estancia
en alguno de los centros de la Red de Centros de Tiempo Libre
de la Junta de Andalucía. Estos centros pretenden facilitar a los
trabajadores y sus familias el acceso a un período vacacional, en
unas condiciones económicas más ventajosas que las ofrecidas en
el sector hotelero, permitiendo así el derecho al ocio y una me-
jor conciliación de la vida laboral y familiar.
Dicha Red se compone de cuatro residencias de playa y dos de
montaña. Las primeras situadas en Aguadulce (Almería), La Línea
de la Concepción (Cádiz), Marbella (Málaga) y Punta Umbría
(Huelva), y las segundas en Pradollano (Granada) y Siles (Jaén).
Este año, el plazo de solicitud de estancias en las Residencias de
Tiempo Libre de la Junta de Andalucía para Semana Santa,
Temporada Alta de Verano y Programa Conoce Tu Tierra se ha
abierto el 15 de enero y finalizará el día 15 de febrero.
Puedes ampliar tu información a través de la sección Centros de
Tiempo Libre de nuestra página web www.anpeandalucia.org
Comisiones de servicio en Andalucía
NORMATIVA DE REFERENCIA:
– Orden de 26 de febrero de 2008, por la que se regulan las comi-
siones de servicio del personal funcionario docente dependiente del
ámbito de gestión de la Consejería de Educación (BOJA nº 50,
de 12 de marzo de 2008).
– Orden de 30 de abril de 2009, por la que se modifica la de 26
de febrero de 2008, por la que se regulan las comisiones de servi-
cio del personal funcionario docente dependiente del ámbito de
gestión de la Consejería de Educación (BOJA nº 93, de 18 de
mayo de 2009).
PLAZO DE SOLICITUD: Con carácter general, las solicitudes
han de presentarse entre los días 1 y 31 de marzo. No obstante
lo anterior, podrán presentarse en el momento en que se den los
hechos causantes que motiven la petición. La ocupación de un En atención a situaciones especiales del profesorado:
puesto en comisión de servicio, cuando esta se haya solicitado
– Por razones de salud del profesorado: enfermedad propia que
fuera del plazo general estará supeditada a la existencia de vacante
impida o dificulte grave o muy gravemente el llevar a cabo la
tras la adjudicación de destinos provisionales.
labor docente en el puesto o lugar de destino.
SITUACIONES QUE AMPARA LA CONCESIÓN DE – Por razones de ocupación de un cargo electivo en las
COMISIÓN DE SERVICIO Corporaciones Locales.
1. Para Centros de nueva creación: – Por razones de salud de cónyuge o pareja de hecho o de fami-
La propuesta la eleva la Dirección de los Centros a la Delegación liar conviviente en primer grado de consanguinidad o afini-
Provincial correspondiente. dad: enfermedad para la que no haya posibilidad de correcta
atención o tratamiento en la localidad o provincia de destino.
2. Para ocupar puestos docentes en las Universidades:
A propuesta de la Universidad correspondiente, con el informe – Por ser cónyuge o pareja de hecho de alto cargo de la
favorable del centro directivo competente en materia de Administración o de funcionario que desempeñe puesto de li-
Universidades. bre designación y se ocasione separación familiar por traslado.
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