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AUTONOMÍAS
Andalucía
Ante las posibles modificaciones del proceso de escolarización
El pasado 7 de mayo, el consejero de Educación y Deporte pre-
sentó al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía un in-
forme sobre la modificación del decreto que regula la admisión
del alumnado en los centros docentes públicos y concertados para
cursar las enseñanzas de segundo ciclo de Infantil, Primaria,
Educación Especial, Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
Modificación que se pretende esté en vigor para el proceso de es-
colarización del curso 2020/21, con el objetivo declarado de fa-
cilitar a las familias el ejercicio del derecho a la libre elección del
centro escolar.
Para ANPE, la enseñanza pública es la única que garantiza la
En su informe, el consejero Imbroda anticipó como propósitos
igualdad de oportunidades y la cohesión social, llegando a todos
de su equipo el establecimiento de nuevos criterios de baremación
los rincones y siendo accesible a cualquier persona. Los centros
de la admisión, la reformulación de las áreas de influencia, el au-
públicos facilitan una educación de calidad gracias al esfuerzo dia-
mento de los tramos de renta, la posibilidad de incluir en la es-
rio de los mejores profesionales, seleccionados a través de princi-
colarización a los alumnos que hayan cursado el último año de
pios de igualdad, mérito y capacidad. ANPE no puede permitir
primer ciclo de Infantil en centros autorizados por la Junta de
que el desarrollo de la tarea educativa por parte de la escuela pú-
Andalucía, favorecer la reunión de hermanos en un mismo centro blica sea torpedeado mediante una interesada invocación de los
y mantener las listas de espera hasta septiembre. derechos de las familias que enmascare un trato de favor a la en-
señanza privada.
ANPE contempla con preocupación los movimientos de los nue-
vos responsables de la Consejería en esta materia y, a la espera de En consecuencia, ANPE, en su condición de sindicato exclusivo
conocer un primer borrador de modificación del decreto, defen- de la enseñanza pública, asume, ante el proceso negociador que se
derá en la Mesa Sectorial de Educación los intereses de la ense- avecina, el deber y el orgullo de defender una enseñanza pública
ñanza pública frente a cualquier maniobra más o menos explícita andaluza profesional y de calidad, garante del principio de igual-
de perjudicarla en beneficio de intereses privados. dad de oportunidades y base de una justa arquitectura social.
Nueva regulación del permiso de paternidad del profesorado andaluz
Marco legal:
El Real Decreto-Ley 6/2019 de 1 de marzo, de medidas urgentes
para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre
mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, modifica el per-
miso del progenitor diferente de la madre biológica por naci-
miento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción
de un hijo o hija (antiguo permiso de paternidad), recogido en el
texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
Además, en nuestra comunidad autónoma, este permiso se ve
complementado por el permiso adicional recogido en el acuerdo
de 17 de julio de 2018 del Consejo de Gobierno.
Duración del permiso:
PERMISO PERMISO DURACIÓN
AÑO EBEP ADICIONAL TOTAL Cuando el periodo de vacaciones (mes de agosto) coincida total
o parcialmente con este permiso, se tendrá derecho a disfrutarlo
2019 8 semanas 7 semanas 15 semanas a continuación, o en fecha distinta, siempre que no hayan trans-
2020 12 semanas 8 semanas 20 semanas currido más de dieciocho meses a partir de la finalización del año
2021 16 semanas 4 semanas 20 semanas en el que se haya originado.
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