Page 13 - anpe_595
P. 13
Asesoría Jurídica
Exención de las prestaciones por maternidad y nueva
deducción por maternidad
Llama la atención al ciudadano de a pie cómo tribunales de justicia dictaminan de
forma contradictoria en relación a un mismo tema y cómo la interpretación de la
ley puede ser tan diferente.
Por Raquel García Blanco, asesora jurídica nacional de ANPE
Esta situación conlleva a pensar muchas veces en lo arbitraria que • El día siguiente a la finalización del plazo de presentación de
puede ser la justicia y la “suerte” o no que se puede tener depen- la declaración cuya rectificación se pretende o
diendo del Tribunal o juez en el que recaiga el caso. Un claro • El día siguiente a la presentación de la declaración si se pre-
ejemplo lo tenemos en el tema de la prestación por maternidad,
sentó fuera de plazo.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid en sus sentencias de
6 de julio de 2016 y 29 de junio de 2017 interpretó que las pres- Si el plazo de la presentación de la declaración del IRPF del ejer-
taciones por maternidad estaban dentro de las rentas exentas que cicio 2014 terminó el 30 de junio de 2015 se puede solicitar la
contempla la ley del IRPF ( Impuesto de la Renta de las Personas devolución correspondiente a ese año hasta el 30 de junio de 2019.
Físicas). Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de
La propia Agencia Tributaria ha publicado un comunicado di-
Andalucía en su sentencia de 26 de octubre de 2016 contradijo
ciendo que: “ Los contribuyentes que hubieran percibido estas
al Tribunal de Madrid y falló a favor de la tributación de esta pres-
prestaciones en los años 2014,2015,2016 y 2017 podrán solicitar
tación. Ante esta situación, se ha pronunciado recientemente (
la rectificación de la declaración de IRPF en la que hubiesen in-
con fecha 3 de octubre) el Tribunal Supremo en sentencia n º
cluido tales rentas. También añade que habilitará un formulario
1462/2018 donde fija como doctrina legal la expresada en el fun-
específico de solicitud, cuyo uso facilitará y acelerará la tramita-
damento jurídico tercero que dice: “… Las prestaciones públicas
por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del ción de la devolución procedente.”
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”. El Tribunal Otra cuestión de interés es la deducción por maternidad que se
Supremo en su fundamentación jurídica incardina la prestación
incrementa en 1.200 € adicionales a la deducción por maternidad
por maternidad percibida también por la Seguridad en el supuesto
cuando el contribuyente que tenga derecho a ésta satisfaga gastos
previsto en el párrafo tercero del artículo 7 h) de la Ley del
de custodia en guardería o centros de educación infantil autori-
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
zados por hijo menor de tres años. Los efectos son desde el 1 de
Muchas son las personas que pueden verse afectadas por esta si- enero de 2018. Se tienen que cumplir unos requisitos y también
tuación y de hecho se abre la puerta a formular las correspondien- hay unos límites para cada hijo que se detallan en el enlace de la
tes rectificaciones de las autoliquidaciones del IRPF. El plazo para Agencia Tributaria siguiente: https://www.agenciatributaria.es/
solicitar la devolución de las cantidades resultantes con la nueva AEAT.internet/Inicio/_Segmentos_/Ciudadanos/Minimos__r
liquidación del IRPF de la prestación por maternidad es de 4 años educciones_y_deducciones_en_el_IRPF/Deduccion_por_ma-
desde: ternidad/Deduccion_por_maternidad.shtml
Noviembre 2018 13