REVISTA ANPE 621

I N F O R M A C I Ó N P R O F E S I O N A L E N E R O - F E B R E R O 2 0 2 4 R E V I S T A P R O F E S I O N A L A N P E 6 2 1 16 El Consejo de ministros ha aprobado el proyecto de ley de enseñanzas artísticas PROYECTO DE LEY DE ENSEÑANZAS ARTÍ STICAS La norma, que ha sido ratificada a petición del Ministerio de Educación, Formación Pro- fesional y Deportes sin cambios respecto al documento que ya se conocía, pasa ahora al Congreso de los Diputados para su tramitación parlamentaria. El texto del proyecto es lo suficientemente abierto, a pesar de su carácter de norma básica, para que las enseñanzas artísticas superiores que se han desarro- llado de manera dispar en las distintas Comunidades Autónomas puedan tener su encaje y a la vez una uniformidad mínima. Consideramos que permitir a los conservatorios y escuelas superiores integrarse en estructuras supra centros, que puedan adoptar la denominación de Campus de las Artes, servirá para potenciar los in- tercambios enriquecedores entre las diferentes disci- plinas y para incorporar otras nuevas, como las Artes Audiovisuales, que por primera vez se incluyen entre el conjunto de las Enseñanzas Artísticas Superiores. El articulado también contempla las reivindicaciones del estudiantado, potencia su participación en la vida académica y garantiza su acceso a las becas en igual- dad de condiciones y circunstancias con el universi- tario. Con relación al profesorado, se crean para los centros públicos el cuerpo de Catedráticos y de Profesores de Enseñanzas Artísticas Superiores. Además, se explici- ta su capacidad para desarrollar la investigación y la creación en el ámbito de sus disciplinas, lo que resul- ta vital no solo para el avance y la innovación en el terreno artístico sino, también, para tender puentes con áreas diversas de nuestra sociedad, donde cada vez la cultura, en sus múltiples facetas, está más pre- sente. Se incorporan también otras nuevas figuras, como las de los eméritos o visitantes, que amplían el abanico docente de los centros y habrá por tanto que establecer y definir su correspondiente perfil. En cuanto a la creación de los nuevos cuerpos do- centes de enseñanzas artísticas, ANPE exige que los docentes pertenecientes a los actuales cuerpos do- centes, mantengan y consoliden sus derechos adqui- ridos y no vean mermadas sus condiciones laborales, se integren o no en los nuevos cuerpos. Por ello, es importante el desarrollo normativo que se haga al respecto. Es positiva también la posibilidad de integración a los nuevos cuerpos docentes de los profesores del cuerpo 596 de maestros de taller de artes plásticas y diseño, siempre que tengan la titulación requerida. Esta medida, que también habrá que ver su posterior regulación, va a hacer que solamente los docentes del cuerpo de maestros sean los únicos a los que se les dé la posibilidad de pertenecer al grupo funciona- rial A1 teniendo titulación universitaria. También, debe explicitarse en posteriores desarrollos reglamentarios que los nuevos Cuerpos de Catedrá- ticos y Profesores de Enseñanzas Artísticas Superio- res serán equivalentes, en aspectos como el tiempo de dedicación, niveles y remuneración, a los Cate- dráticos y Profesores Titulares de Universidad. De lo contrario, seguirá siendo una tarea titánica que de- sarrollen la docencia en el espacio de la educación superior y la compatibilicen con la investigación y la creación, lo que ocasionaría que la inaplazable y lar- gamente demandada equiparación de los estudios artísticos superiores a los universitarios se quedará en papel mojado. Es una Ley necesaria porque ordena y regula este tipo de enseñanzas, los centros donde se imparten y las condiciones de su profesorado. Lo que pedimos des- de ANPE es, que todos los aspectos que haya que concretar para el desarrollo de esta Ley, a través de distintos reglamentos, sea negociado y concretado en la Mesa de negociación del personal docente no universitario, fundamentalmente lo que tiene que ver con su profesorado y sus condiciones laborales. En definitiva, nos alegramos de que pueda ver la luz una norma tan necesaria como esta, pero nos preo- cupa el desarrollo final reglamentario que se realice, sobre todo en lo que respecta al profesorado.

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