REVISTA ANPE 619
A S E S O R Í A J U R Í D I C A 19 religión o convicciones, opinión, discapa- cidad, edad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. 10. Derecho a la adopción de medidas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. 11. Derecho a la libertad de expresión dentro de los límites del ordenamiento jurídico. 12. Derecho a recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el traba- jo. 13. Derecho a las vacaciones, descansos, permisos y licencias. 14. Derecho a la jubilación. 15. Derecho a las prestaciones de la Seguri- dad Social correspondientes al régimen que les sea de aplicación. 16. Derecho a la libre asociación profesional. 17. Derecho a los demás derechos reconoci- dos por el ordenamiento jurídico. Fuente: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. sistemas objetivos y transparentes de evaluación. 4. Derecho a percibir las retribuciones y las indemnizaciones por razón del servicio. 5. Derecho a participar en la consecución de los objetivos atribuidos a la unidad donde preste sus servicios y a ser infor- mado por sus superiores de las tareas a desarrollar. 6. Derecho a la defensa jurídica y protec- ción de la Administración Pública en los procedimientos que se sigan ante cualquier orden jurisdiccional como consecuencia del ejercicio legítimo de sus funciones. 7. Derecho a la formación continua y a la actualización permanente de sus conoci- mientos y capacidades profesionales. 8. Derecho Al respeto de su intimidad, orientación sexual, propia imagen y digni- dad en el trabajo, especialmente frente al acoso sexual y por razón de sexo, moral y laboral. 9. Derecho a la no discriminación por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo u orientación sexual, REVISTA digital Para leer el artículo completo, escanea este QR: Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, dicho importe queda fijado en 0,26 euros por kilómetro recorrido (anteriormente 0,19). Desde la entrada en vigor, el 18 de julio de 2023, de la Orden HFP/793/2023, de 12 de julio, por la que se revisa el importe de la indemnización por uso de vehícu- lo particular establecida en el Real Se revisa el importe de la indemnización por uso de vehículo particular para la prestación de servicios La actualización del importe queda fijada en 0,26 euros por kilómetro
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy ODE4NjI=