Revista ANPE Nacional nº 617

Asesoría Jurídica 21 Enero-febrero 2023 La Ley de Presupuestos Generales del Estado incluye un aumento de las retribuciones de los funcionarios públicos en un 2,5% La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Genera- les del Estado para el año 2023, contempla una insuficiente su- bida del 2,5% en las retribuciones de los funcionarios públicos, con un incremento como máximo de un punto y en función variables vinculadas al IPC y al PIB nominal. Esta subida salarial no logra paliar la pérdida acumulada del poder adquisitivo de los funcionarios públicos, desde el fuerte recorte salarial del año 2010 y la ausencia de subidas corres- pondientes al IPC anual en los últimos años. Más aún para los grupos funcionariales A1 y A2, en los que se encuadra al profesorado, por ser estos grupos los que sufrieron un mayor recorte salarial. Desde ANPE seguiremos reivindicando la recuperación del poder adquisitivo acumulado desde 2010, el establecimiento de una cláusula de revisión salarial en función del IPC y la equipa- ración retributiva de los docentes en todo el Estado. Consulta las retribuciones de los funcionarios docentes de los diferentes Cuerpos por Comuni- dades Autónomas en: La subida del 2,5% podrá incrementarse a lo sumo en un punto en función de variables vinculadas al IPC y al PIB nominal. ¿Qué es el MEI? El nuevo impuesto que afectará a tu nómina durante los próximos diez años El 1 de enero comenzó a aplicarse el primer componente del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), regulado en la disposición final cuarta de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones, con el fin de preservar el equilibrio entre generaciones y fortalecer la sostenibilidad del sistema de la Seguridad Social en el largo plazo. El MEI tiene dos componentes. El primero consiste en la re- activación del Fondo de Reserva de la Seguridad Social me- diante una cotización adicional, finalista, entre 2023 y 2032. La aportación será de 0,6 puntos porcentuales, repartido entre la empresa y el trabajador, 0,5 % lo aportará la empresa y el 0,1 % le será detraído de su nómina al trabajador. Esto supo- ne la disminución del 0,1 % en el salario neto a percibir por el trabajador. Toda esta recaudación se destinará exclusivamente a incre- mentar el Fondo de Reserva, “la hucha de las pensiones”. El segundo componente se pondrá en marcha a partir del año 2032. Desde ese momento se analizará la evolución que se prevé del gasto en pensiones en 2050 (año en el que se pro- nostica la mayor cifra de pensionistas). Se decidirá entonces, en función de si dicho gasto supera o no las previsiones ini- ciales, para qué se utilizará el Fondo de Reserva y si hay que adoptar otras medidas adicionales. Aumento temporal de la cotización a la Seguridad Social hasta 2032. La aportación del trabajador se incrementa en un 0,1 %.

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