Revista ANPE Nacional nº 612

Acción Sindical Estado 9 Enero-febrero 2022 Aclaraciones sobre las oposiciones de 2022 Con carácter general, las comunidades autónomas optan por convocar exclusivamente plazas de reposición, bajo el marco normativo del Real Decreto 276/2007. El pasado 29 de diciembre se publicó en el BOE la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. En su artículo 2 dicha norma básica prevé la articulación de un pro- ceso de estabilización de empleo temporal por parte de las administraciones públicas, con el objeto de situar la tasa de temporalidad por debajo del ocho por ciento. Las convocato- rias de los procesos selectivos deben publicarse en los respecti- vos diarios oficiales antes de la finalización del presente año y resolverse con anterioridad al 31 de diciembre de 2024. El sistema de selección será el de concurso-oposición, con una valoración en la fase de concurso de un cuarenta por ciento de la puntuación total, en la que se tendrá en cuenta mayorita- riamente la experiencia en el cuerpo de que se trate pudiendo no ser eliminatorios los ejercicios en fase de oposición. Sin menoscabo del sistema excepcional de concurso previsto en la disposición adicional sexta de la Ley, para las plazas ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anteriori- dad a 1 de enero de 2016. En el marco de dicho proceso, se está negociando en el ámbito del Ministerio de Educación y Formación Profesional un sis- tema transitorio de ingreso en la función pública docente que facilite la estabilización del profesorado interino, rebajando las exigencias de la fase de oposición y potenciando la valora- ción de la experiencia en la fase de concurso. No obstante, una amplia mayoría de administraciones autonó- micas ha optado por convocar los procedimientos selectivos, para el año 2022, sin esperar a la aprobación del nuevo sis- tema transitorio. Los motivos que han llevado a esta decisión son el temor a que la publicación oficial del correspondiente real decreto se efectúe en una fecha demasiado tardía, la incer- tidumbre jurídica que rodea al modelo que se está proponien- do y el posible efecto llamada que se generaría en aquellas co- munidades que decidieran convocar las oposiciones mediante el nuevo sistema transitorio. En las ofertas de empleo de estos procedimientos selectivos, que mayoritariamente se limitarán al cuerpo de maestros, se incluyen exclusivamente plazas de reposición de efectivos, no afectadas por la Ley 20/2021. La normativa que regulará el proceso será el Real Decreto 276/2007, por el que se aprue- ba el Reglamento de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes, sin las modificaciones aportadas por el Real Decreto 84/2018 que han afectado a las oposiciones celebradas en los últimos años. En consecuencia, las oposiciones que tengan lugar en 2022 se desarrollarán bajo el modelo anterior a 2018, cuyas dife- rencias fundamentales con el que ha regido las convocatorias más recientes son: una ponderación de dos tercios para la fase de oposición en lugar del 60%; la reducción de un tema en el número de temas optativos para la prueba de desarrollo escrito y una menor valoración de la experiencia en la fase de concurso, que vuelve a ser de cinco puntos en lugar de siete, alcanzándose la máxima valoración con cinco años de expe- riencia en lugar de con diez.

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