Revista ANPE Nacional nº 612

AUTONOMÍAS 62 ANPE 612 Madrid Dicha adenda fue acordada en Mesa Sectorial de Educación de la Comunidad de Madrid el pasado 23 de diciembre de 2021. La Adenda, que entró en vigor en el momento de su firma , tiene como objetivo asegurar que los docentes puedan acoger- se a la teledocencia en los casos previstos en el mencionado Acuerdo. Para ello, se ha introducido un nuevo apartado que aclara aspectos de su aplicación y evita las malas interpreta- ciones que se venían produciendo y se alejaban del auténtico espíritu del Acuerdo. La Adenda añade al acuerdo un nuevo apartado el 8.5, con la siguiente redacción: 8.5. En un escenario de actividad educativa presencial en los cen- tros docentes podrá acceder a la prestación de servicio en la moda- lidad de teletrabajo, de carácter voluntario y reversible: a) El personal docente que, como consecuencia de una infección por COVID-19, se encuentre en cuarentena domiciliaria es- tablecida por la autoridad competente o, de forma cautelar, a la espera del resultado de pruebas diagnósticas, en la que la ausencia al centro de trabajo no da lugar a una situación de incapacidad temporal. b) El personal docente cuyo familiar de primer grado a cargo, como consecuencia de una infección por COVID-19, se en- cuentra en cuarentena domiciliaria establecida por la autori- dad competente o, de forma cautelar, a la espera del resultado de pruebas diagnósticas, o se ha producido el cierre transitorio del establecimiento al que acude de manera habitual el fami- liar a cargo. Al igual que en el artículo 8.4 son de aplicación todas las pre- visiones contenidas en este artículo y el personal docente aten- derá de manera telemática los periodos de docencia y atención directa de los alumnos que se lleven a cabo en el aula. En los supuestos contemplados por el artículo 8.5, así como en los establecidos en los apartados a) y b) del artículo 8.4, deberá acreditarse documentalmente ante la dirección del centro la fecha de inicio y fin de la declaración de cuarentena domici- liaria, así como el cierre transitorio del centro y la apertura del establecimiento donde acude de manera habitual el familiar de primer grado a cargo. En todo caso, la prestación del teletrabajo finalizará con la terminación del hecho causante. Adenda del Acuerdo por el que se regula el Teletrabajo Cuerpo de Maestros ANPE Madrid y el resto de organizaciones sindicales de la Mesa Sectorial de Educación de la Comunidad de Madrid han firmado una Adenda de modificación del Acuerdo por el que se regula la modalidad de Teletrabajo en el ámbito del personal docente de enseñanza pública no universitaria de la Comunidad de Madrid. Adenda del Acuerdo para el cobro de tutorías y nuevo Acuerdo para colectivos específicos. ANPE Madrid y el resto de organizaciones sindi- cales de la Mesa Sectorial de Educación de la Co- munidad de Madrid han firmado una adenda de modificación del: • Acuerdo de la Mesa Sectorial de personal docente no universitario por el que se fija la retribución del complemento de productividad por el desempeño de tutorías con alumnos de segundo ciclo de Edu- cación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación de Personas Adultas, aulas TGD, Aulas Hospitalarias y Aulas Penitenciarias para los funcionarios del cuerpo de maestros . • Un nuevo Acuerdo de la Mesa Sectorial de perso- nal docente no universitario por el que se fija la re- tribución de un complemento retributivo para los maestros y maestras de Aulas TGD, funcionarios y funcionarias docentes de Aulas Hospitalarias, Enlace al Acuerdo y Adenda

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