Revista ANPE Nacional nº 610
AUTONOMÍAS 54 ANPE 610 Desde ANPE Extremadura hemos notificado nuestra sorpre- sa por la información trasladada desde la Dirección General de Personal Docente, con respecto a la vigencia de las listas supletorias, sin haber sido negociada con los legítimos repre- sentantes del profesorado donde se informa de lo siguiente: Permanencia en bolsa extraordinaria de la misma especialidad Los integrantes de las listas extraordinarias que han ingresado en la lista supletoria de la misma especialidad, se mantendrán en dicha bolsa extraordinaria en situación de reserva. Esta situación de reserva se irá prorrogando durante los cursos sucesivos mientras, dada una especialidad determinada, se cumplan dos condiciones: 1. La persona continúe en la lista supletoria de la referida especialidad. A este respecto significar que las listas supletorias tienen un carácter temporal, y serán sus- tituidas por las nuevas listas que se conformen tras la celebración de una convocatoria de oposición. 2. La lista extraordinaria de la especialidad no sea sustitui- da por una nueva lista extraordinaria convocada por la DGPD. Del mismo modo y a continuación se explicita lo siguiente: Expiración de la permanencia en lista supletoria La persona que pertenezca a una lista supletoria dejará de hacerlo si la especialidad en cuestión es convocada en un proceso selectivo, y el aspirante no consigue superar los requisitos de acceso en la lista supletoria que se encuen- tren definidos en la convocatoria correspondiente. Si se produce tal circunstancia, y se encuentra integrado en la lista extraordinaria de la especialidad en calidad de reservado, di- cha situación pasará a “activo” en la lista extraordinaria. Dicha circunstancia no referida ni negociada con anteriori- dad, no aparece en el Decreto 51/2019 que por el contrario sí establece lo siguiente en su artículo 4: Artículo 4. Permanencia en las listas. 1. Las personas integrantes de una o varias listas de cualquier cuerpo y especialidad, de las que alguna o varias sean obje- to de convocatoria de oposiciones por parte de la Consejería competente en materia de educación permanecerán en di- chas listas siempre que participen, al menos, por una de esas especialidades en el procedimiento selectivo convo- cado por la Junta de Extremadura o cualquier Adminis- tración educativa. En este último caso, dicho procedimiento deberá celebrarse en el mismo curso escolar. En todo caso, la continuidad en las listas de las que for- me parte y que hayan sido convocadas por la Junta de Extremadura estará condicionada a la acreditación de la participación en el plazo y forma que se establezca en la convocatoria correspondiente. No tiene sentido alguno que para integrar estas listas, cada vez que se convoque proceso selectivo, se le exija al opositor superar la prueba que se determine. Desde ANPE Extrema- dura creemos que la vigencia de las listas supletorias debe ser igual que las ordinarias y con la misma obligación de pre- sentarse a la oposición, pero sin necesidad de superar prueba alguna. El decreto de interinos no sustenta esta propuesta de la administración. Es por ello que solicitamos rectificación a la Dirección General de Personal Docente de dicha medida arbitraria, que perjudica a los integrantes de las listas supletorias. Los programas de refuerzo educativo tienen en vilo a la co- munidad educativa. Se trata de los programas financiados con fondos europeos que han terminado en este curso 2020-21. Para ellos se contrataba cada año a cientos de profesores y aho- ra esas vacantes se mantienen en el aire a la espera de los pasos que dé la Administración en los próximos días. Son plazas que hasta ahora pertenecían a los denominados Pro- gramas de Éxito Educativo y los de Orientación y Refuerzo para el Avance y el Apoyo en la Educación. Rema, Comunica o Im- pulsa son algunos de los más conocidos y con ellos se buscaban ANPE Extremadura solicita la vigencia y permanencia de los integrantes en listas supletorias Extremadura Programas de refuerzo educativo
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