Revista ANPE Nacional nº 609

La protección jurídica se encuentra recogida en un amplio es- pectro de normas de ámbito estatal y también autonómico cuya pretensión es dar cobertura y defensa a actuaciones que trastocan en definitiva la convivencia en las aulas. La nueva ley de educación (LOMLOE) mantiene que corres- ponde a las Administraciones educativas, respecto del profe- sorado de los centros públicos, adoptar medidas oportunas para garantizar la debida protección y asistencia jurídica, así como la cobertura de la responsabilidad civil, en relación con los hechos que se deriven en su ejercicio profesional. También el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) contempla en relación con los empleados públicos el derecho a la defensa jurídica y protección de la Administración Pública en los procedimientos que se sigan ante cualquier orden jurisdiccional como consecuencia del ejercicio legítimo de sus funciones o cargos públicos. De hecho se han incluido dentro de las faltas disciplinarias en el TRE- BEP por su trascendencia de los derechos constitucionales afectados, el acoso laboral art. 95.2 o) y en el art. 95.2 b) otros tipos como: acoso discriminación por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orienta- ción sexual, lengua, opinión, lugar de nacimiento o vecindad, sexo o cualquier otra condición o circunstancia personal o so- cial, así como el acoso por razón de origen racial o étnico, re- ligión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso moral. Pero no basta con una actuación disciplinaria, pues la misma llega cuando el daño ya se ha materializado. Es necesario prevenir el acoso y la violencia en su origen, estable- ciendo al efecto, según recomiendan, la aprobación de un Protocolo de actuación frente al acoso y la violencia en la Asesoría Jurídica Mayo-junio 2021 21 En el desempeño de la función docente, los profesores en ocasiones también sufren situaciones nada deseables de acoso, agresión, violencia, o padecen atentados contra su dignidad, integridad e intimidad. Son comportamientos que alteran el ambiente y clima laboral y ocasionan daños a la comunidad educativa directa o indirectamente. Por Raquel García Blanco, asesora jurídica nacional de ANPE Protección jurídica en los conflictos de convivencia

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