Revista ANPE Nacional nº 607
Autonomías Enero-febrero 2021 57 comunidades autónomas, como así anunció el propio Conselleiro de Sanidade, decisión que para ANPE Galicia no hace más que esconder criterios de conciliación familiar y que ha tenido serias repercusiones en los centros educativos gallegos tras la vuelta a las actividades lectivas presenciales tras el parón navideño al detectarse un importante incremento de casos po- sitivos en los centros y un incremento de aulas cerradas. Desde ANPE Galicia lamentamos profundamente que primen crite- rios de conciliación sobre criterios sanitarios y que para la ad- ministración educativa gallega, en esta situación de pandemia, los centros educativos sean meros centros asistenciales. Sin em- bargo, no nos cansaremos de alabar la encomiable actitud de toda la comunidad educativa (equipos directivos, profesorado, personal no docente, familias y alumnado) que con su disci- plina, su esfuerzo, su dedicación y su profesionalidad hacen que, pese a las dificultades inherentes a la situación actual, los centros educativos sigan manteniendo su labor formativa. los grupos AVA así como por la modificación obligada por la circular de digitalización que supone una nueva readaptación de la forma de trabajar de los centros una vez transcurridos cua- tro meses desde el inicio del curso y cuando los centros educa- tivos ya tenían todo perfectamente organizado. Desde ANPE Galicia insistimos también, al igual que hicimos en la Mesa Sectorial en que la vuelta a las aulas tras las vaca- ciones navideñas debía retrasarse desde el día 8 de enero (vier- nes) inicialmente establecido en el calendario escolar hasta el lunes 11 para de este modo minimizar el impacto de los posi- bles contactos familiares de las fechas navideñas y exigimos un pronunciamiento del Comité Clínico en base a criterios sani- tarios y no de conciliación familiar. Lamentablemente el Comité Clínico desoyó la petición de ANPE Galicia al considerar que no había criterios sanitarios que justificasen dicho retraso, que sí habían anunciado ya otras días 6 y 24 de noviembre de 2020, ANPE Murcia ha conse- guido, después de duras negociaciones, avanzar en la mejora de las órdenes de bases que regulan los procedimientos selec- tivos de ingreso y acceso a la función docente para que dichos procedimientos respeten los principios de igualdad, mérito y capacidad, primando la transparencia y la garantía de los as- pirantes. Los cambios destacados afectan a la redacción de los siguientes apartados del baremo: Estas mejoras se producen en un delicado escenario donde la pandemia avanza sin tregua, por lo que ANPE Murcia consi- dera necesario iniciar el procedimiento de vacunación al do- cente lo antes posible, para garantizar la seguridad y la salud. A finales del mes de enero se ha publicado la convocatoria de oposiciones del Cuerpo de Profesores de Secundaria y otros cuerpos y tras la Mesa Sectorial de Educación celebrada en los un aspirante presentó el nivel C1 y no fue baremado, ya que la Administración sólo admitía el B2 como nivel avanzado. Gracias a la negociación de ANPE se ha aprobado, además, la actuali- zación de dos apartados del baremo: Esta redacción propuesta por ANPE evitará, en futuros procesos selectivos, las interpretaciones que tantos problemas ocasionaron en las oposiciones del 2019 sobre la aceptación y baremación de certificados de nivel avanzado y B2. Se dio la paradoja de que ANPE Murcia consigue mejorar las órdenes de bases que regulan los procedimientos selectivos de acceso a la función pública docente Murcia Redacción anterior Modificación aprobada 2.4.b) Por cada Certificado de nivel avanzado o equivalente de EOI: 0,5 puntos Por cada certificado de nivel avanzado (B2) o certificado de nivel C1 o C2, o equivalentes a los anteriores, emitidos por la EOI: 0,5 puntos. Redacción anterior Modificación aprobada 3.3.2 Conocimiento de lengua de signos española: 0,5 puntos a) Título de Técnico Superior en Interpretación de la lengua de sig- nos española. b) Una titulación donde se acredite expresamente el nivel B2 de conocimiento de lengua de signos española con- forme al marco común europea de referencia para las lenguas A estos títulos se añade: Técnico Superior en Mediación Comunicativa 3.2 Actividades de Formación Permanente Nota 8: “Cuando se hayan realizado varias actividades de formación a distancia en el mismo periodo de tiempo o parte de éste, únicamente se recono- cerá la actividad de mayor número de créditos” Se elimina esta nota, lo que supone que ahora ya sí, los opositores pueden realizar 2 cursos de formación a dis- tancia (online/telemáticos) en el mismo periodo de tiempo o parte de éste, y se les puntuarían ambos
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