Revista ANPE Nacional nº 606

Autonomías Noviembre-diciembre 2020 33 ANPE gana ante el Supremo el reconocimiento del complemento de Secundaria al profesorado de educación permanente Desde hace años, ANPE-Andalucía viene defendiendo, tanto desde la Mesa Sectorial, como a través de distintos procedi- mientos jurídicos acometidos por sus letrados, el derecho de los maestros de educación permanente a percibir el comple- mento de destino de nivel 24 y el componente básico del pro- fesorado de secundaria, en tanto en cuanto imparten cotidia- namente contenidos propios de la educación secundaria. Con fecha 15 de febrero de 2019, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 2 de Jaén dictó sentencia favorable al re- curso, tramitado por los servicios jurídicos de ANPE, de una maestra de educación permanente que prestaba servicios en di- cha provincia, contra la denegación de la Consejería de Educación a su reclamación del abono del complemento del nivel 24. Contra esa sentencia del Juzgado de Jaén, la Consejería inter- puso un recurso de casación, por hacer una “comparación equivocada” entre los maestros que imparten el primer ciclo de la ESO y los que ejercen en los Centros de Educación Permanente de Adultos. Recurso de casación que ahora es de- sestimado, gracias a la labor del letrado de ANPE, D. Rubén Pereira López, por la sentencia 1.367/2020, de 21 de octubre, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, sentencia inédita y que crea jurisprudencia. En su sentencia, el Tribunal Supremo destaca que el asunto fundamental de controversia es si “es o no la misma la función del maestro que explica en el primer ciclo de Enseñanza Secundaria Obligatoria y la del maestro que enseña en el Centro de Educación Permanente de Adultos en el plan edu- cativo para la obtención del título de graduado escolar”. A juicio de la Sala, “no se trata de la diferencia entre dos en- señanzas distintas, sino de la docencia de la misma a dos tipos de alumnado: a menores en un caso, a adultos en el otro”. En vez de hablar de los diferentes objetivos, principios, organiza- ción y metodología de una y otra enseñanza, debería haber justificado la Consejería en su escrito de casación, “qué razones objetivas hay para que impartirla en los Centros de Educación Permanente de Adultos comporte unas retribuciones comple- mentarias inferiores a las que se perciben impartiéndola a me- nores en el primer ciclo de la Enseñanza Secundaria Obli- gatoria”. Por lo tanto, el Tribunal concluye que “materialmente, no existe diferencia” entre la función del maestro de primer ciclo de ESO y el que enseña en el Centro de Educación Permanente de Adultos, tal y como ANPE ha defendido siempre. Este fallo del Tribunal Supremo supone un espaldarazo legal decisivo a las legítimas aspiraciones de los maestros de educa- ción permanente que ANPE lleva años defendiendo activa- mente. En este sentido, centenares de afectados ya han obte- nido el reconocimiento económico efectivo por parte de la ad- ministración y otros tantos se encuentran actualmente con un contencioso-administrativo en suspenso, debido al recurso de casación interpuesto por la Consejería y ahora desestimado por el Tribunal Supremo. Sin perjuicio de nuestra exigencia a la Consejería de Educación y Deporte de que extienda de oficio las medidas derivadas del fallo del Supremo a todo este colectivo docente, ANPE está contactando con sus afiliados para informarles sobre la situa- ción de su procedimiento y por otra parte, insta al resto de do- centes que imparten o hayan impartido en los últimos cuatro años docencia en Educación Permanente a que contacten con nuestras sedes provinciales para indicarles cómo proceder a la hora de beneficiarse de los efectos de esta sentencia. Andalucía Nuevo decreto sobre la función directiva En el BOJA número 186, de 24 de septiembre, se publica el Decreto 152/2020, de 15 de septiembre, por el que se regula el acceso a la función directiva y la formación, evaluación y reconocimiento de los directores, las directoras y los equipos di- rectivos de los centros docentes públicos no universitarios, de los que es titular la Junta de Andalucía . Este Decreto deroga el Decreto 153/2017, de 26 de sep- tiembre y la Orden de 20 de junio de 2007, por la que se regulaba el proceso de formación inicial de los directores. Nombramiento como funcionarios de carrera de los maestros seleccionados en 2019 En el BOE número 280, de 23 de octubre, se publica la Orden EFP/986/2020, de 18 de octubre, por la que, a pro- puesta de la Consejería de Educación y Deporte, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros a los seleccionados en el pro- cedimiento selectivo convocado por Orden ECD/13/2019, de 5 de febrero . Los nombrados a través de la mencionada Orden se consi- deran ingresados como funcionarios de carrera del cuerpo de maestros con efectos de 1 de septiembre de 2020.

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