LOMLOE. Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre

96 ANPE Sindicato Independiente 3. Quienes hayan superado las enseñanzas de arte dramático obtendrán el Título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Arte Dramático, en la especialidad que corresponda, que será equivalente, a todos los efectos, al título universitario de grado. Siempre que la normativa aplicable exija estar en posesión del título uni- versitario de Grado, se entenderá que cumple este requisito quien esté en posesión del Título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Arte Dramático. Artículo 56. Enseñanzas de conservación y restauración de bienes culturales. 1. Para el acceso a las enseñanzas de conservación y restauración de bienes cultura- les se requerirá estar en posesión del título de Bachiller y superar una prueba de acceso, regulada por las Administraciones educativas, en la que se valorarán la madurez, los conocimientos y las aptitudes para cursar con aprovechamiento estas enseñanzas. 2. El alumnado que haya superado estos estudios obtendrá el Título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Conservación y Restauración de Bienes Cul- turales en la especialidad que corresponda, que será equivalente, a todos los efec- tos, al título universitario de grado. Siempre que la normativa aplicable exija estar en posesión del título universitario de Grado, se entenderá que cumple este requi- sito quien esté en posesión del Título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superio- res de Conservación y Restauración de Bienes Culturales. Artículo 57. Estudios superiores de artes plásticas y diseño. 1. Tienen la condición de estudios superiores en el ámbito de las artes plásticas y el diseño los estudios superiores de artes plásticas y los estudios superiores de diseño. La ordenación de estos estudios comportará su organización por especialidades. 2. Para el acceso a los estudios superiores a que se refiere este artículo se requerirá estar en posesión del título de Bachiller y superar una prueba de acceso, regulada por las Administraciones educativas, en la que se valorarán la madurez, los cono- cimientos y las aptitudes para cursar con aprovechamiento estos estudios. 3. Los estudios superiores de Artes Plásticas, entre los que se incluyen los estudios superiores de cerámica y los estudios superiores del vidrio, conducirán al Título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Artes Plásticas en la especialidad que corresponda, que será equivalente, a todos los efectos, al título universitario de grado. Siempre que la normativa aplicable exija estar en posesión del título uni-

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